Decreto 1404 de 1999, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 490 de 1998. - 2 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353339074

Decreto 1404 de 1999, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 490 de 1998.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43652

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y

legales que le confiere el ordinal 11 del artículo 189

de la Constitución Política y la Ley 490 de 1998,

DECRETA:

ARTICULO 1o RESERVAS

Para efectos del inciso segundo del artículo 4o. de la Ley 490 de 1998, constituyen reservas para pensiones de la Caja Nacional de Previsión Social, las sumas correspondientes a los activos registrados en los estados financieros del Fondo de Reservas Pensionales con corte al 31 de diciembre de 1998, así como las acciones en La Previsora S. A. Compañía de Seguros, y aquellos otros bienes cuyo producto estaba destinado al pago de pensiones con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993.

PARAGRAFO. A la Superintendencia Bancaria le corresponde verificar que se hayan transferido las sumas y los bienes que constituyen reservas de acuerdo con lo previsto en el presente decreto. Para el efecto la Caja Nacional de Previsión Social, a través de su...

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