Decreto 1369 de 1999, por el cual se concede permiso para el cierre de una Empresa de Servicio Público. - 3 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353339086

Decreto 1369 de 1999, por el cual se concede permiso para el cierre de una Empresa de Servicio Público.

EmisorMinisterio de Salud Publica
Número de Boletín43652

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el código sustantivo del trabajo artículo 464, y

CONSIDERANDO:

Que la Fundación Hospital Infantil Universitario Lorencita Villegas de Santos, es una institución de utilidad común, con personería jurídica reconocida mediante Resolución número 033 del 24 de marzo de 1939 expedida por el entonces Ministerio de Gobierno, cuyo objetivo principal según sus estatutos artículo 2o es «el de proporcionar a la población materno infantil una atención integral en los campos de la promoción, prevención y recuperación de la salud proyectando sus servicios hacia el ámbito familiar...»;

Que conforme con lo dispuesto en sus estatutos artículo 25, la Fundación Hospital Infantil Lorencita Villegas de Santos, podrá disolverse y liquidarse además de los casos señalados por la ley, «por decisión unánime de la totalidad de los miembros de la Junta Directiva, que fijará además los mecanismos de la liquidación, los encargados de realizarla y la entidad sin ánimo de lucro que recibirá a título gratuito los bienes que queden después de pagar la totalidad de las obligaciones»;

Que la Junta Directiva de la Fundación Hospital Infantil Universitario Lorencita Villegas de Santos integrada conforme con sus estatutos artículo 8o, por cinco (5) miembros principales y cinco (5) suplentes personales así:

Dos (2) representantes designados por los herederos de la Fundadora, uno de los cuales, actuará como presidente de la Junta Directiva, elegido por la Junta. Un representante designado por la Fundación Amigos del Hospital Infantil Lorencita Villegas de Santos. Un representante de las Empresas, Personas o Instituciones benefactoras del Hospital, designado por la Junta Directiva entre las personas jurídicas o naturales que según concepto de esta, se acrediten cada tres (3) años como benefactoras especiales de la Institución y un Representante de la Secretaría Distrital de Salud, quien deberá ser médico de reconocida trayectoria y sin vínculos con el Hospital

en la sesión extraordinaria del día 1o de marzo de 1999, según acta de la misma fecha levantada para el efecto adoptó por unanimidad:

1. Declarar disuelta y en estado de liquidación la Fundación Hospital Infantil Universitario Lorericita Villegas de Santos.

2. Nombrar...

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