Decreto 592 de 1999, por el cual se modifica el artículo 56 del Decreto 3112 del 30 de diciembre de 1997. - 16 de Abril de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353339678

Decreto 592 de 1999, por el cual se modifica el artículo 56 del Decreto 3112 del 30 de diciembre de 1997.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín43553

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Modifícase el artículo 56 del Decreto número 3112 del 30 de diciembre de 1997 en el sentido de ampliar por el término de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto, la facultad otorgada al Ministro de Transporte para expedir los reglamentos de:
  1. Embarcaciones mayores.

  2. Embarcaciones menores.

  3. Puertos, muelles y bodegas.

  4. Tripulación y dotación de las embarcaciones fluviales.

ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la parte pertinente del Decreto 2060 del 8 de octubre de 1998.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de...

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