Decreto 2598 de 1998, por el cual se modifica el Decreto 3070 de 1997. - 28 de Diciembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353478230

Decreto 2598 de 1998, por el cual se modifica el Decreto 3070 de 1997.

Número de Boletín43460

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en los artículos 48, numeral 1, literal e); 52; 187, numeral 1 y literal l) del numeral 2 y 188 numeral 3, del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

CONSIDERANDO:

Que con la expedición del Decreto 1916 del 23 de octubre de 1996 se modificó el régimen de inversión de las reservas y se adicionó el régimen de inversiones admisibles de las entidades aseguradoras;

Que mediante el Decreto 3070 de 1997 se modificaron algunos artículos del anterior decreto y así mismo, se amplio el plazo previsto para el ajuste requerido para que las entidades se adecuen a la nueva normativa;

Que se hace necesario revisar nuevamente el plazo para el ajuste requerido con ocasión de la expedición del Decreto 3070 de 1997,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o El artículo 3o del Decreto 3070 de 1997 quedará así:

Artículo 3o. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, la Superintendencia Bancaria se abstendrá de imponer sanción por las infracciones a los límites individuales y/o globales de inversión a las entidades que acuerden un plan de ajuste para desmontar el exceso en un plazo no superior al 31 de diciembre de 1999, siempre y cuando los excesos se hayan originado por causas distintas a las siguientes:

1. Por efectos de valoración a precios de mercado que se hayan presentado después de la entrada en vigencia del Decreto 1916 de 1996, y que no se hayan ajustado en los tres meses siguientes a la presentación de dicho exceso.

2. Por adquisición de inversiones nuevas o adicionales en rubros que presentaran...

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