Decreto 1255 de 1998, por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 547 de 1995. - 9 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353478966

Decreto 1255 de 1998, por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 547 de 1995.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43336

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 547 de 1995 se establecieron la metodología y los criterios objetivos para la determinación del Sistema Andino de Franjas de Precios, de conformidad con lo previsto en la decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena;

Que es necesario introducir algunas modificaciones a la reglamentación doméstica del Sistema Andino de Franjas de Precios,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Modificar los numerales 4 y 6 del artículo 6o del Decreto 547 de 1995 en el sentido de excluir la subpartida arancelaria 10.01.90.20.10 de la franja del maíz amarillo e incluirla en la franja del trigo.
ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de julio de 1998

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ANTONIO JOSÉ URDINOLA.

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