Decreto 1264 de 1997, por el cual se promulga el "Convenio 95 relativo a la protección del salario", adoptado par la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 1o. - 26 de Junio de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353491890

Decreto 1264 de 1997, por el cual se promulga el "Convenio 95 relativo a la protección del salario", adoptado par la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 1o.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín43069

de julio de 1949.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE BOGOTA,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 189

ordinal 2o. de la Constitución Política de Colombia

y en cumplimiento de la Ley 7a. de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944 en su artículo 1o dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo 2o ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el 7 de junio de 1963 la República de Colombia, previa aprobación del Congreso Nacional mediante Ley 54 de 1962, publicada en el Diario Oficial número 30947, depositó el instrumento de ratificación del "Convenio 95 relativo a la protección del salario" ante el Director General de la Oficina Internacional del Trabajo; convenio adoptado en la 32a. reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, el 1o. de julio de 1949, que entró en vigor general el 24 de septiembre de 1952 y está vigente para Colombia desde el 7 de junio de 1964,

DECRETA:

Artículo 1o Promúlgase el "Convenio 95 relativo a la protección del salario", adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su 32a. reunión el 1o. de julio de 1949.

(Para ser transcrito en este lugar se adjunta fotocopia del texto del Convenio 95 relativo a la protección del salario, debidamente autenticada por el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores).

Convenio 95

®CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCION DEL SALARIO

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:

Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 8 de junio de 1949 en su trigesimosegunda reunión;

Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR