Decreto 1808 de 1997, por el cual se adiciona el Decreto número 1590 de 1994. - 18 de Julio de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353491902

Decreto 1808 de 1997, por el cual se adiciona el Decreto número 1590 de 1994.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín43087

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 189, numeral 11) de la Constitución Política, y 1o, numeral 15) del Decreto-ley 2126 de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o El artículo 2o del Decreto 1590 del 27 de julio de 1994, tendrá un parágrafo, cuyo texto será el siguiente:

"Parágrafo. Tendrán derecho a la expedición de Pasaporte Diplomático:

Los Consejeros de Estado;

Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia;

Los Magistrados de la Corte Constitucional, y

Los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura.

El Gerente General y los ex gerentes Generales de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.

El Director General del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico-Colpecc.".

ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de...

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