Decreto 2680 de 1997, por el cual se deroga el Decreto número 2560 del 17 de octubre de 1997. - 7 de Noviembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353491934

Decreto 2680 de 1997, por el cual se deroga el Decreto número 2560 del 17 de octubre de 1997.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43168

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales, en especial la conferida por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2560 del 17 de octubre de 1997, mediante el cual se establecen las condiciones, términos y requisitos para autorizar la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores que se encuentren en los departamentos que tienen Zona de Frontera;

Que con la modificación introducida por el artículo 272 de la Ley 223 de 1995, el cual facultó al Gobierno Nacional para autorizar la internación temporal de estos bienes a los residentes de los departamentos con Zona de Frontera, se amplió el ámbito geográfico de aplicación de esta medida de carácter temporal;

Que se hace necesario dejar sin efecto las condiciones, términos y requisitos establecidos en el Decreto 2560 de 1997, para el otorgamiento de la autorización de internación de los mencionados bienes, con el propósito de concertar los plazos y condiciones de internación con los usuarios residentes en las Zonas Frontera,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Derógase el Decreto número 2560 del 17 de octubre de 1997 por medio del cual se establecen las condiciones, términos y requisitos...

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