Decreto 4153 de 2011, por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia y se dictan otras disposiciones. - 3 de Noviembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353526170

Decreto 4153 de 2011, por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48242

Departamento Administrativo de la Función Pública

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia.

Que en el decreto de creación de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, de conformidad con la estructura prevista en el mismo.

Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del

DECRETA:

Artículo 1° Créanse en la planta de personal de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia los siguientes empleos:

|Número de Cargos |Dependencia y Denominación del Cargo |Código |Grado |

|DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL |

|1 (uno) |Director General de Entidad Descentralizada |0015 |24 |

|1 (uno) |Asesor |1020 |16 |

|PLANTA GLOBAL |

|4 (cuatro) |Director Técnico |0100 |22 |

Artículo 2° El Director General mediante resolución distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las...

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