Decreto 4177 de 2011, por el cual se conforman unos Organismos de Coordinación y Consulta del Sector Defensa adscritos al Ministerio de Defensa Nacional.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 48242 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el literal e) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que al Ministerio de Defensa Nacional le corresponde formular las políticas para la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad territorial, la seguridad y la tranquilidad pública, así como para el mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la conveniencia democrática.
Que el Ministerio de Defensa Nacional es la autoridad competente para ejercer la función de orientación y coordinación de las entidades y organismos adscritos y vinculados que conforman el Sector Defensa, para la implementación y desarrollo de la política formulada por el citado Ministerio.
Que dado el número de las entidades y organismos que integran el sector Defensa y la especificidad de las funciones que desarrollan, se requieren de un organismo que garantice y facilite la implementación y ejecución de la política del sector en forma coherente, sincronizada y con unidad de criterio estratégico; así mismo se requiere contar con una instancia consultiva.
Que el parágrafo 2° del artículo 38 de la Ley 489 de 1998 señala que además de los Consejos Superiores de la Administración, el Legislador puede crear organismos consultivos o coordinadores para toda la administración o parte de ella, que funcionarán con carácter permanente o temporal y con participación de varias entidades estatales y, si fuere el caso, del sector privado, los cuales harán parte de la Rama Ejecutiva del orden Nacional.
Que en los literales e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 se confirieron facultades extraordinarias al Presidente de la República para crear entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y señalar sus objetivos y estructura orgánica, facultad que se ejercerá para crear un organismo coordinador de las entidades que integran el Sector Defensa y un organismo consultivo.
DECRETA:
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