Decreto 4142 de 2011, por el cual se crea la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 48242 |
Departamento Administrativo de la Función Pública
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los literales d) y e) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad no existe una entidad encargada de la administración permanente del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar del orden nacional, función que transitoriamente viene cumpliendo ETESA en Liquidación.
Que dado lo anterior, resulta necesario crear una Empresa del orden nacional que asuma la explotación, administración y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar, la cual debe contar con un modelo organizacional y de indicadores de gestión que permita mayor rentabilidad en la explotación de dicho monopolio.
Que los literales d) y e) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República para reasignar funciones y competencias orgánicas entre las entidades y organismos de la Administración Pública Nacional entre estas y otros organismos del Estado y para crear, entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional y fijarle sus objetivos y estructura, facultad que se ejercerá para la creación de COLJUEGOS.
DECRETA
Objetivos y Funciones
Créase la. Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, denominada COLJUEGOS, como una Empresa descentralizada del orden nacional, vinculada al.
La Empresa Industrial y Comercial del Estado, COLJUEGOS, tendrá como objeto la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad. Su domicilio será la ciudad de Bogotá D. C.
La Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, denominada COLJUEGOS tendrá como domicilio principal la ciudad de Bogotá, D. C.
El patrimonio de la Empresa Industrial y Comercial del Estado, COLJUEGOS, estará constituido por:
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Un porcentaje de los derechos de explotación que se pagarán por parte de los operadores como gastos de administración a COLJUEGOS.
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Las partidas ordinarias o extraordinarias que se le asignen dentro del Presupuesto General de la Nación.
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Los recursos que reciba a título de donaciones, legados y asignaciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, gobiernos o entidades gubernamentales extranjeros, organismos internacionales u organizaciones de cualquier naturaleza local, nacional o internacional.
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Los recursos que a través de convenios se reciban de entidades públicas o privadas para el desarrollo de los programas de la Empresa o para su funcionamiento.
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Los demás que adquiera o le sean asignados a cualquier título.
La Empresa Industrial y Comercial del Estado, COLJUEGOS, cumplirá con las siguientes funciones:
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Explotar y administrar los juegos de suerte y azar de su competencia.
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Desarrollar y mantener una oferta de juegos de suerte y azar que permita la explotación efectiva del Monopolio Rentístico sobre los mismos, en los temas de su competencia.
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Expedir los reglamentos de los juegos de suerte y azar de su competencia.
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Definir y ejecutar formas innovadoras para realizar el mercadeo de los juegos de suerte y azar de su competencia.
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Definir y desarrollar diferentes esquemas de operación de los juegos de suerte y azar de su competencia que se requieran para la explotación efectiva del monopolio rentístico, incluida su operación mediante terceros y/o en asocio con terceros.
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Definir las características que deben cumplir las personas naturales o jurídicas que aspiren a operar los juegos de suerte y azar de competencia de la Empresa.
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Diseñar planes anuales para combatir la operación ilegal de los juegos de suerte y azar.
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Coordinar y apoyar a las entidades o autoridades competentes en las acciones de control de la ilegalidad que sean de su competencia.
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Mantener información actualizada sobre las características y dinámica del mercado de los juegos de suerte y azar.
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Hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de los operadores y adelantar las acciones necesarias para promover dicho cumplimiento.
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Administrar con la colaboración de terceros los derechos de explotación y los gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar de su competencia. Esto comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los derechos de explotación y gastos de administración.
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Preparar y presentar a consideración del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, propuestas de cambio normativo que contribuyan a la explotación efectiva de los juegos de suerte y azar.
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Establecer las condiciones de confiabilidad en la operación de los juegos de suerte y azar localizados, así como los estándares y requerimientos técnicos mínimos que permitan su efectiva conexión en línea y en tiempo real para identificar, procesar y vigilar el monto de los premios y de los ingresos brutos, como base del cobro de derechos de explotación y gastos de administración. La empresa podrá determinar los mecanismos de aplicación gradual de esta norma, en función del tiempo que dure la implementación de las condiciones, estándares y requerimientos técnicos aquí mencionados.
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Determinar en los contratos de operación de juegos de suerte y azar, el monto de los derechos de explotación, con base en estudios técnicos y teniendo en cuenta las condiciones de mercado.
La dirección y administración de COLJUEGOS, estará a cargo de la Junta Directiva y del Presidente, quien será un empleado de libre nombramiento y remoción, nombrado por el Presidente de la República.
Para el desarrollo de sus funciones, COLJUEGOS estará sometida al régimen de contratación aplicable a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007.
De la estructura y funciones de sus dependencias
La Empresa Industrial y Comercial del Estado, COLJUEGOS, para el cumplimiento de sus funciones, contará con la siguiente estructura:
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Junta Directiva.
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Presidencia.
2.1. Oficina Asesora Jurídica.
2.2. Oficina Asesora de Planeación.
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Vicepresidencia de Desarrollo Organizacional.
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Vicepresidencia de Innovación de Juegos.
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Vicepresidencia de Desarrollo de Mercados.
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Vicepresidencia de Gestión Contractual.
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Órganos de Asesoría y Coordinación.
7.1. Comité de Dirección.
La Junta Directiva de COLJUEGOS estará integrada por:
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Dos (2) delegados del Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.
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Dos (2) miembros independientes designados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Parágrafo 1°. Los miembros de la Junta Directiva y sus suplentes, recibirán honorarios por su participación en las sesiones de Junta, los cuales serán establecidos por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Parágrafo 2°. Los delegados de los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud y Protección Social deben ser funcionarios del nivel directivo.
Parágrafo 3°. A las sesiones podrán asistir como invitados funcionarios de otras entidades públicas, de acuerdo con los temas a tratar en la sesión de la Junta Directiva.
Parágrafo 4°. El Presidente de COLJUEGOS, asistirá a la Junta Directiva con derecho a voz pero sin voto.
Serán funciones de la Junta Directiva, las siguientes:
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Aprobar y monitorear los planes estratégicos y de acción, y los programas y proyectos de la Empresa.
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Aprobar los reglamentos de los juegos de suerte y azar de competencia de la...
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