Decreto 4138 de 2011, por el cual se crea la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y se establecen sus objetivos y estructura. - 3 de Noviembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353526338

Decreto 4138 de 2011, por el cual se crea la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y se establecen sus objetivos y estructura.

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín48242

Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias previstas en los literal e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que al Estado Colombiano, en el marco de acuerdos de paz y procesos de desarme y desmovilización, le corresponde gestionar, implementar y evaluar los procesos de reintegración de personas y grupos armados ilegales.

Que para cumplir esta función, se requiere una entidad con capacidad técnica e institucional que permita gestionar, coordinar, implementar y evaluar, de forma articulada con las instancias competentes, los procesos de reintegración que conlleven a la paz, la seguridad y la convivencia.

Que los literales e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 le otorgan al Presidente de la República facultades extraordinarias para crear entidades u organismos de la rama ejecutiva del orden nacional y para fijar sus objetivos y su estructura, facultad que se ejercerá parcialmente para la creación de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas (ACR).

Que con la creación de la entidad se logrará prestar de forma eficiente la política nacional de reintegración social y económica de las personas desmovilizadas de los grupos organizados al margen de la ley, y coordinar los servicios públicos que requiera el cumplimiento de la misión de la entidad.

DECRETA:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Creación de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas

Artículo 1° Creación y denominación

Créase una unidad administrativa especial, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera, presupuestal y patrimonio propio, denominada Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Artículo 2° Domicilio

La Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas tendrá su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D. C.

Artículo 3° Patrimonio

El patrimonio de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas está constituido por los siguientes bienes y recursos:

  1. Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación.

  2. Los recursos provenientes de crédito interno y externo, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

  3. Los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

  4. Las donaciones en dinero que ingresen a la entidad, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación y las donaciones en especie legalmente aceptadas.

  5. Los bienes y recursos que se adquieran a cualquier título de conformidad con la ley.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 6

Objeto, Funciones, Órganos de Dirección y Administración de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas

Artículo 4° Objeto

La Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas tiene como objeto gestionar, implementar, coordinar y evaluar, de forma articulada con las instancias competentes, los planes, programas y proyectos de la Política de Reintegración, con el fin de propender por la paz, la seguridad y la convivencia.

Artículo 5° Funciones

La Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas cumplirá las siguientes funciones:

  1. Asesorar al Gobierno Nacional en la implementación de la política de desarme, desmovilización y reintegración a la vida civil de personas o grupos armados organizados al margen de la ley, que se desmovilicen voluntariamente de manera individual o colectiva.

  2. Implementar, diseñar, ejecutar y evaluar en el marco de la Política de Desarme Desmovilización y Reintegración los beneficios sociales, económicos y jurídicos otorgados a la población desmovilizada de los grupos armados al margen de la ley.

  3. Formular, ejecutar, evaluar y promover los planes, programas y proyectos dirigidos al fortalecimiento del proceso de reintegración de la población desmovilizada y sus familias.

  4. Fortalecer el proceso de reconciliación con las comunidades receptoras de población desmovilizada que permita consolidar el proceso de reintegración.

  5. Diseñar, ejecutar y evaluar el proceso de reintegración conforme a los beneficios que se pacten en mesas de negociación de procesos de paz o que para el efecto establezca el Gobierno Nacional.

  6. Coordinar con las entidades estatales que, de acuerdo con sus competencias, desarrollen actividades o funciones tendientes a facilitar el desarrollo de los procesos de desarme, desmovilización y reintegración.

  7. Coordinar, hacer seguimiento a las acciones de las entidades estatales, que de acuerdo a su competencia, desarrollen actividades o funciones tendientes a facilitar los procesos de reintegración de los menores desvinculados del conflicto y de los adultos que se desmovilicen voluntariamente de manera individual o colectiva.

  8. Asesorar, acompañar y definir conjuntamente con el Alto Comisionado para la Paz, los temas que sobre los beneficios, sociales y económicos se dialoguen y acuerden en las mesas de negociación de paz con los grupos organizados al margen de la ley que se desmovilicen voluntariamente; adicionalmente, ejecutar y evaluar los beneficios que allí se pacten y que estén relacionados con la reintegración de la población beneficiaria.

  9. Definir, concertar y evaluar el Plan Nacional de Acción, en coordinación con las entidades para que de acuerdo con su competencia funcional contribuyan al proceso de reintegración, desarrollen programas, estrategias y metas que se requieran para la inclusión a la vida civil de personas o grupos armados organizados al margen de la ley, que voluntariamente se desmovilicen.

  10. Acompañar y asesorar a las entidades competentes en la definición de políticas y estrategias relacionadas con la prevención del reclutamiento y la desvinculación de niños, niñas, adolecentes y jóvenes menores de edad de grupos armados organizados al margen de la ley.

  11. Apoyar a las entidades competentes en las acciones que ejecuten en materia de definición y aplicación de beneficios jurídicos para la población que se desmovilice voluntariamente.

  12. Articular la implementación de la política de reintegración con las entidades territoriales, autoridades locales y diversos actores de la sociedad civil.

  13. Promover alianzas con organismos de cooperación nacional e internacional para la implementación y desarrollo del proceso de reintegración en coordinación con las autoridades competentes.

  14. Ejecutar recursos de cooperación técnica internacional y prestar asesoría internacional, en coordinación con la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia.

  15. Consolidar el Sistema de Información para la Reintegración (SIR) para el seguimiento, monitoreo y evaluación de los participantes del proceso de reintegración y desarrollar los módulos que se requieran para el efecto.

  16. Recibir y administrar los recursos, aportes y los fondos destinados a financiar el funcionamiento de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y los planes y proyectos que se adelanten en materia de reintegración.

  17. Administrar los recursos humanos, físicos y financieros a su cargo, en concordancia con los principios de la función administrativa.

  18. Las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la entidad y le sean asignados por la ley.

Artículo 6° Órganos de Dirección y Administración

La Dirección y administración de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas estará a cargo de un Director General, quien será el representante legal de la entidad, de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República.

CAPÍTULO III Artículos 7 a 18

Estructura y funciones de sus dependencias

Artículo 7° Estructura

La estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas es la siguiente:

  1. Despacho del Director General.

    1.1. Oficina Asesora de Planeación.

    1.2. Oficina Asesora Jurídica.

    1.3. Oficina de Tecnologías de la Información.

  2. Dirección de Reintegración.

    2.1. Subdirección de Seguimiento.

    2.2. Subdirección de Gestión Legal, Acceso y Permanencia en el Proceso de Reintegración.

  3. Secretaría General.

    3.1. Subdirección Administrativa y Financiera.

  4. Órganos de Asesoría y Coordinación.

    4.1. Comisión de Personal.

    4.2. Comité de Coordinación del Sistema Interno.

Artículo 8° Despacho del Director General

El Despacho del Director General cumplirá las siguientes funciones:

  1. Dirigir, vigilar y controlar la formulación e implementación de los planes y programas del proceso de reintegración.

  2. Dirigir los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación y control de la entidad, para el cumplimiento de su misión.

  3. Rendir informes al Presidente de la República, al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al Consejo Asesor sobre las actividades desarrolladas por la entidad.

  4. Asesorar y acompañar al Gobierno Nacional en la formulación de las políticas, planes, programas, proyectos normativos y operativos relacionados con las materias de su competencia.

  5. Fijar mediante resolución de carácter general los requisitos, características, condiciones y obligaciones necesarios para el acceso a los beneficios socio-económicos reconocidos a la población desmovilizada, así como los...

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