Decreto 4328 de 2011, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos. - 11 de Noviembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353526514

Decreto 4328 de 2011, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos.

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48250

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 2897 de 2011 determinó los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho e integró el respectivo Sector Administrativo de Justicia y del Derecho.

Que con el fin de contar con una orientación y coordinación superior sobre la conveniencia y procedencia de la aceptación de las solicitudes de repatriación tanto de ciudadanos colombianos condenados y recluidos en el extranjero, como de extranjeros condenados y recluidos en Colombia, resulta procedente crear una Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos.

DECRETA:

Artículo 1° Comisión Intersectorial

Créase la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos, para la coordinación y orientación del estudio de las solicitudes de repatriación elevadas por los nacionales colombianos condenados y recluidos en el exterior, y por los extranjeros condenados y recluidos en Colombia, en virtud de los tratados suscritos y ratificados por Colombia.

Artículo 2° Integración

La Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos estará integrada de la siguiente manera:

- El Ministro de Relaciones Exteriores, quien podrá delegar su participación en el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano.

- El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho o su delegado, quien lo presidirá.

- El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) o su delegado.

Parágrafo 1°. La Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos podrá invitar a los funcionarios, representantes de las entidades, expertos y demás personas que estime conveniente para los fines de la Comisión.

Artículo 3° Función

La Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos tendrá como función estudiar y recomendar al Ministro de Justicia y del Derecho sobre la decisión a tomar frente a las...

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