Decreto 1050 de 2011
Número de Boletín | 48032 |
El Presidente de la República de Colombia,
En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Los sueldos básicos mensuales para el personal a que se refiere este artículo corresponderán al porcentaje que se indica para cada grado, con respecto a la asignación básica del grado de General.
Oficiales
|General |100.0000% |
|Mayor General |96.9064 % |
|Brigadier General |86.6242 % |
|Coronel |67.1283% |
|Teniente Coronel |52.3616% |
|Mayor |45.5288 % |
|Capitán |37.4682 % |
|Teniente |32.7292 % |
|Subteniente |28.9366 % |
Suboficiales
|Sargento Mayor de Comando Conjunto |42.3483% |
|Sargento Mayor de Comando |36.2428 % |
|Sargento Mayor |32.5610% |
|Sargento Primero |27.9765 % |
|Sargento Viceprimero |25.3223 % |
|Sargento Segundo |23.1383% |
|Cabo Primero |21.4023% |
|Cabo Segundo |20.7473 % |
|Cabo Tercero |20.0996 % |
Nivel Ejecutivo
|Comisario |52.7816% |
|Subcomisario |44.8164% |
|Intendente Jefe |42.6660% |
|Intendente |40.5007% |
|Subintendente |31.8202% |
|Patrullero |25.3733% |
Agentes de los Cuerpos Profesional y Profesional Especial de la Policía Nacional
|Con antigüedad inferior a 5 años de servicio |15.5903% |
|Con antigüedad de 5 años y hasta menos de 10 |18.3534 % |
|Con antigüedad de 10 o más años de servicio |18.8179 % |
Parágrafo 1°. Las asignaciones básicas calculadas en los porcentajes anteriores se aproximarán al peso siguiente.
Parágrafo 2°. Los tenientes primeros de la Armada Nacional tendrán el mismo sueldo básico fijado para los Tenientes de Fragata.
Parágrafo 3°. Los aumentos salariales para la Fuerza Pública que decrete el Gobierno para futuras vigencias fiscales, serán en todo caso iguales a los que se establezcan para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Los Oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en los grados de General y Almirante, percibirán por todo concepto una asignación mensual igual a la que devenguen los Ministros del Despacho como asignación básica y gastos de representación, en todo tiempo, distribuida así: el cuarenta y cinco por ciento (45%) como sueldo básico y...
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