Decreto 4835 de 2008, por el cual se modifica la estructura de la Dirección Nacional de Derecho de Autory se dictan otras disposiciones.
Número de Boletín | 47213 |
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
&$ARTÍCULO 1o. FUNCIONES GENERALES. Corresponde a la Dirección Nacional de Derecho de Autor ejercer las siguientes funciones:
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Diseñar, dirigir administrar y ejecutar las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos.
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Emitir conceptos sobre las normas que regulan el derecho de autor y los derechos conexos.
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Recomendar la adhesión y procurar la ratificación y aplicación de las convenciones internacionales suscritas por el Estado colombiano.
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Dictar las providencias necesarias con el fin de obtener el cumplimiento de las normas que regulan el derecho de autor en Colombia: los convenios internacionales, el derecho comunitario y la legislación interna.
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Impulsar la adopción de normas que protejan el derecho de autor y derechos conexos y buscar su efectivo cumplimiento.
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Mantener intercambio con las diferentes organizaciones, gremios y entidades relacionadas con la temática autoral, en el país o en el exterior.
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Ejercer inspección y vigilancia sobre las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos, con el propósito de obtener el fortalecimiento integral de su gestión y asegurar niveles óptimos de eficiencia y transparencia.
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Diseñar y desarrollar las estrategias para la creación de una cultura de respeto y protección del derecho de autor y derechos conexos a través de procesos de difusión y capacitación al interior y exterior de la entidad.
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Brindar información bibliográfica, documental y audiovisual, nacional y extranjera, especializada y apoyar la investigación sobre el derecho de autor y los derechos conexos.
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Administrar el Registro Nacional de Derecho de Autor, destinado a la inscripción de las obras literarias y artísticas, de los fonogramas, de los actos, contratos y decisiones jurisdiccionales relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos y de los pactos y convenios suscritos entre las sociedades de gestión colectiva colombianas con asociaciones extranjeras de derecho de autor y derechos conexos, como medio de seguridad y publicidad a sus autores y/o titulares.
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Documentar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de Calidad y el Sistema de Control Interno, con el fin de mejorar el desempeño y capacidad de la Dirección Nacional de Derecho de Autor para proporcionar servicios que respondan a las necesidades y expectativas de sus usuarios.
&$ARTÍCULO 2o. ESTRUCTURA. La estructura de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, será la siguiente:
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Dirección General
1.1 Oficina Asesora de Jurídica
1.2 Oficina de Registro
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Subdirección Administrativa
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Subdirección Técnica de Capacitación, Investigación y Desarrollo
&$ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL DESPACHO DEL DIRECTOR. Son funciones del Despacho del Director, además de las que señalan la Constitución y las leyes, las siguientes:
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Ejercer las funciones que la ley le confiera y cumplir, hacer cumplir y ejecutar aquellas sobre derecho de autor y derechos conexos otorgados por mandato legal.
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Establecer las pautas que propendan por un mejor desarrollo de las actividades propias de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, de conformidad con su organización y funciones.
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Crear y organizar mediante acto administrativo comités y grupos internos de trabajo, para atender el...
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