Decreto 1868 de 2008, por el cual se modifica el artículo 26 del Decreto 393 de 2002. - 29 de Mayo de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353768986

Decreto 1868 de 2008, por el cual se modifica el artículo 26 del Decreto 393 de 2002.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín47004

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 124 de la Ley 6ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 26 del Decreto 393 de 2002, quedará así:
Artículo 26 Derechos por inscripción de actos, libros y documentos

La inscripción en el registro mercantil de los actos y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho del 5.24% de un smmlv, a excepción de la inscripción de los contratos de prenda sin tenencia, la cual causará un derecho del 6.64% de un smmlv.

La inscripción en el registro mercantil de los libros respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho del 1.74% de un smmlv.

Artículo 2° Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha de su promulgación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de mayo de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Luis Guillermo Plata Páez.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR