Decreto 1 de 2008, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007, en lo relacionado con el subsidio para la adecuación de tierras. - 4 de Enero de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353769650

Decreto 1 de 2008, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007, en lo relacionado con el subsidio para la adecuación de tierras.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín46861

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de lo previsto en el artículo 92 de la Ley 1152 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Ley 1152 de 2007 se reformó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, el cual tiene por objeto fundamental promover y apoyar la ejecución de la política establecida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para fomentar el desarrollo productivo agropecuario, forestal y pesquero en el medio rural, y facilitar a la población campesina el acceso a los factores productivos;

Que para cumplir con dicho propósito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 1152 de 2007, el Incoder se encuentra facultado para administrar y adjudicar un subsidio para la realización de obras de adecuación de tierras que tengan como propósito mejorar las condiciones de riego, drenaje o control de inundaciones, o para ampliar, rehabilitar o transformar obras ya existentes;

Que según los artículos 92, 98 y 99 de la Ley 1152 de 2007, el Gobierno Nacional debe establecer los criterios objetivos y transparentes de elegibilidad y de calificación que se seguirán para los efectos de la adjudicación de este subsidio, determinar los requisitos o exigencias mínimas que deberán cumplir los proyectos que aspiren a ser cofinanciados a través de este instrumento, y establecer el monto del subsidio, distinguiendo si su objetivo es la construcción de nuevos proyectos o la rehabilitación de proyectos existentes,

DECRETA:

Artículo 1° Objeto del subsidio

El subsidio para adecuación de tierras a que se refiere el Capítulo I, Título V de la Ley 1152 de 2007, es un aporte en dinero que el Estado realiza por una sola (1) vez a favor de campesinos, pequeños y medianos productores y comunidades de grupos étnicos, que se postulen libremente para recibirlo, siempre que cumplan con las condiciones y requisitos previstos en la citada ley, en el presente decreto y en las demás disposiciones que expidan el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y el Instituto de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de sus competencias.

Dicho subsidio únicamente se podrá destinar para la realización de obras de adecuación de predios rurales, que tengan como propósito mejorar las condiciones de riego, drenaje o control de inundaciones, o para ampliar, rehabilitar o transformar obras ya existentes.

Artículo 2° Beneficiarios

Podrán acceder a este subsidio las Asociaciones de Usuarios ya existentes o las que se establezcan bajo cualquier forma asociativa (sociedad, corporación, cooperativa, etc.), siempre y cuando cumplan con las condiciones previstas en el artículo 114 de la Ley 1152 de 2007.

Según lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 1152 de 2007, las Asociaciones de Usuarios de las obras de adecuación de tierras que se hagan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR