Decreto 3065 de 2008, por el cual se deroga el literal c) del artículo 13 del Decreto 4984 de 2007 y se dictan otras disposiciones. - 22 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353769870

Decreto 3065 de 2008, por el cual se deroga el literal c) del artículo 13 del Decreto 4984 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín47089

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial, las que le otorga el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 56 y siguientes de la Ley 1152 de 2007,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 56 de la Ley 1152 de 2007, creó el subsidio integral para la compra de tierras, en las modalidades y procedimientos que para tal fin se determinan en la ley;

Que en los términos del parágrafo del artículo en comento, es deber del Gobierno Nacional reglamentar los procedimientos requeridos para la implementación de este subsidio;

Que en cumplimiento de dicha obligación, se expidió el Decreto 4984 del 28 de diciembre de 2007, mediante el cual señaló los procedimientos operativos, las condiciones y criterios para la elegibilidad y calificación de los proyectos y posibles beneficiarios;

Que es necesario hacer algunos ajustes a los procedimientos establecidos por el Decreto 4984 de 2007, en el sentido de optimizar la asignación del subsidio integral de tierras,

DECRETA:

Artículo 1° Deróguese el literal c) del artículo 13 del Decreto 4984 de 2007.
Artículo 2° El subsidio integral para la compra de tierras de que trata el artículo 56 de la Ley 1152 de 2007, podrá adjudicarse de manera individual, o colectiva.
Artículo 3° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial el literal c) del artículo 13 del Decreto 4984 de 2007.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de agosto de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo...

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