Decreto 2901 de 2008, por medio del cual se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005. - 11 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353769998

Decreto 2901 de 2008, por medio del cual se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín47078

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 909 de 2004,

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 25 del Decreto 1227 de 2005, quedará así.

La Comisión Nacional del Servicio Civil adoptará el instrumento para valorar los estudios, publicaciones y experiencia de los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria

.

Artículo 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de agosto de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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