Decreto 2328 de 2008, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles. - 27 de Junio de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353770098

Decreto 2328 de 2008, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín47033

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

DECRETA:

Artículo 1° Creación de la Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles

Créase una comisión intersectorial que se denominará “Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles”, conformada por:

  1. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado, quien la presidirá;

  2. El Ministro de Minas y Energía, o su delegado;

  3. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o su delegado;

  4. El Ministro de Transporte, o su delegado;

  5. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado;

  6. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

Parágrafo. A las sesiones de la Comisión podrán ser invitados, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar, otros servidores públicos, autoridades regionales, representantes de organismos, gremios y agremiaciones del sector privado, nacionales e internacionales.

Los invitados podrán participar en las deliberaciones sin derecho a voto.

Artículo 2° Reuniones

La Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles se reunirá por derecho propio cada dos (2) meses y extraordinariamente por convocatoria de su Presidente.

Las reuniones de la Comisión, por regla general, serán presenciales, sin perjuicio de la celebración de reuniones virtuales.

La Comisión deliberará y decidirá con la mitad más uno de sus miembros. Los empates serán dirimidos por su Presidente.

Artículo 3° Funciones de la Comisión Intersectorial

Son funciones de la Comisión Intersectorial para el Manejo de Biocombustibles, las siguientes:

  1. Coordinar el proceso de formulación e implementación de políticas en materia de biocombustibles que adopten, formulen y ejecuten los diferentes organismos y entidades del Estado;

  2. Recomendar al Departamento Nacional de Planeación, que presente a consideración del Conpes los documentos en los que se plasme la política en materia de producción y manejo de biocombustibles;

  3. Coordinar con el sector privado planes nacionales que contengan estrategias para el...

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