Decreto 2150 de 2007, por el cual se crea un Programa Presidencial en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Emisor | Presidencia de la República |
Número de Boletín | 46657 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
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Formular y ejecutar los planes, programas y proyectos relacionados con la Acción Integral Contra Minas Antipersonal.
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Asistir al Presidente de la República, al Vicepresidente de la República y al Gobierno Nacional en el diseño y coordinación de las acciones y actividades relativas contra minas antipersonal en el país.
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Impulsar la coordinación interinstitucional e intersectorial para la implementación de las acciones relativas a minas antipersonal.
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Elaborar y aplicar una estrategia nacional de Acción Contra Minas Antipersonal en todo lo referente al desminado humanitario; asistencia y rehabilitación a víctimas; destrucción de minas almacenadas; campañas de concientización y educación de la población civil; y todos aquellos aspectos que demanden el cumplimiento del tratado de Ottawa.
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Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal.
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Mantener la base del Sistema de Información de Acción Contra Minas, encargándose de recopilar, sistematizar, centralizar y actualizar toda la información sobre el tema.
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Servir de fuente para la toma de decisiones de acuerdo con la información recolectada sobre los programas de prevención, señalización, elaboración de mapas, remoción de minas y atención a víctimas.
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Centralizar la información de todas las organizaciones que desarrollen actividades relativas a minas y...
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