Decreto 3259 de 2002, por el cual se reajusta un valor absoluto del impuesto de timbre nacional no administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el año 2003. - 30 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354180114

Decreto 3259 de 2002, por el cual se reajusta un valor absoluto del impuesto de timbre nacional no administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el año 2003.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45049

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que confiere el artículo 14 de la Ley 2a. de 1976,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 868 del Estatuto Tributario, los valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas relativas al Impuesto de Timbre, se reajustarán anual y acumulativamente en el ciento por ciento (100%) del incremento porcentual del índice de precios al consumidor para empleados que corresponde elaborar al Departamento Administrativo Nacional de Estadística en el período comprendido entre el primero (1o.) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o A partir del 1o. de enero del año 2003, el valor absoluto aplicable en el impuesto de timbre a que se refiere el numeral 3 del...

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