Decreto 1647 de 2001, por el cual se ordena la publicación del proyecto de Acto Legislativo "por medio del cual se reforma el artículo 96 de la Constitución Política".
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 44516 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el honorable Congreso de la República, remitió a la Presidencia, para el trámite pertinente, el Proyecto de Acto Legislativo número 15 de 2001 Senado, 211 de 2001 Cámara "por medio del cual se reforma el artículo 96 de la Constitución Política";
Que el citado Proyecto de Acto Legislativo fue presentado a consideración del honorable Congreso de la República el 27 de marzo de 2001, por más de 10 Senadores, habiendo sido repartido a la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República;
Que la publicación del Proyecto y su exposición de motivos se efectuó en la Gaceta del Congreso número 101 del 2 de abril de 2001;
Que la publicación de la ponencia para primer debate en la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, se efectuó en la Gaceta del Congreso número 136 del 19 de abril de 2001;
Que, según consta en el expediente, el Proyecto de Acto Legislativo fue aprobado, con modificaciones en primer debate, en sesión de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, llevada a cabo el día 24 de abril de 2001;
Que la ponencia para segundo debate en el Senado de la República se publicó en la Gaceta del Congreso número 158 del 30 de abril de 2001;
Que en sesión plenaria del Senado de la República, efectuada el 8 de mayo de 2001, se aprobó, el Proyecto de Acto Legislativo;
Que la ponencia para primer debate en la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, se publicó en la Gaceta del Congreso número 258 del 31 de mayo de 2001;
Que en sesión del 29 de mayo de 2000 la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, aprobó en primer debate, el Proyecto de Acto Legislativo.
Que la ponencia para segundo debate en la Cámara de Representantes se publicó en la Gaceta del Congreso número 285 del 11 de junio de 2001;
Que según consta en el expediente, la Cámara de Representantes en su sesión Plenaria del 14 de junio de 2001, aprobó el Proyecto de Acto Legislativo;
Que de conformidad con el artículo 375 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional debe publicar el Proyecto de Acto Legislativo número...
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