Decreto 1347 de 2001, por el cual se establecen la condiciones y requisitos para la designación de los curadores urbanos. - 14 de Julio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354184318

Decreto 1347 de 2001, por el cual se establecen la condiciones y requisitos para la designación de los curadores urbanos.

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Número de Boletín44486

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 1890 de la Constitución Política y el artículo 1011 de la Ley 388 de 1997,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo 1012 de la Ley 388 de 1997 establece que para ser designado como curador urbano se requiere el cumplimiento de los requisitos legales y además haber sido seleccionado mediante concurso de méritos;

Que el numeral cinco del mismo artículo establece que "los curadores urbanos serán designados para períodos individuales de cinco (5) años y podrán ser designados nuevamente para el mismo cargo";

Que se hace necesario reglamentar las condiciones para designar a los curadores urbanos cuyos períodos estén por concluir, previo concurso de méritos, en los términos que se establecen en el presente decreto,

DECRETA:

&$ARTÍCULO 1o. CONCURSO DE MÉRITOS. Los alcaldes o sus delegados calificarán a los aspirantes a ser designados como curadores urbanos, de acuerdo con los requisitos y factores de evaluación y los criterios de calificación que se establecen en el presente decreto.

Corresponde a los alcaldes, o sus delegados, determinar las demás bases del concurso, señalando la conformación del equipo de selección, la forma de acreditar los requisitos, la fecha del concurso, los lugares de inscripción y realización, todo lo cual se informará mediante convocatoria pública.

En el caso de los curadores urbanos que tienen jurisdicción en los municipios que forman parte de una asociación, o están previstos en un convenio interadministrativo, el grupo de selección lo conformarán los alcaldes o sus delegados, de los municipios de la asociación o convenio.

En todo caso en el concurso de méritos los alcaldes o sus delegados deberán exigir:

  1. La hoja de vida a la cual deberá anexarse la fotocopia de la tarjeta profesional vigente para aquellas profesion es cuyo ejercicio la exija, así como los demás documentos que acrediten los estudios, experiencia y antecedentes disciplinarios.

  2. La acreditación de las calidades y experiencia del equipo de apoyo técnico y administrativo.

  3. La descripción de los equipos, sistemas y programas que utilizará el candidato, en caso de ser designado curador, los cuales deberán ser compatibles con los equipos, sistemas y programas de la administración municipal o distrital.

  4. La práctica de exámenes escritos, sobre conocimientos...

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