Decreto 955 de 2000, por el cual se pone en vigencia el Plan de Inversiones Públicas para los años 1998 a 2002. - 26 de Mayo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354187062

Decreto 955 de 2000, por el cual se pone en vigencia el Plan de Inversiones Públicas para los años 1998 a 2002.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44020

NOTAS DE VIGENCIA:

  1. Decreto declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-1403-00 del 19 de octubre de 2000, Magistrado Ponente Dr. José Gregorio Hernández. A partir de su promulgación al Gobierno.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales consagradas

en el artículo 341 de la Constitución Política en

concordancia con el artículo 25 de la Ley 152 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 508 de 1999, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo para los años de 1999-2002, fue declarada inexequible por la honorable Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-557-00, por encontrar vicios en el trámite legislativo que a juicio de esa Corporación, viciaron su aprobación;

Que la aprobación irreglamentaria de una ley equivale a su no aprobación. Así lo manifestó el Procurador General de la Nación en Concepto número 2022 rendido en el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley 508 de 1999, en los siguientes términos:

"El mecanismo para solucionar la aparente ausencia del plan nacional de desarrollo, lo brinda la norma 341 constitucional cuando dispone que "Si el Congreso no aprueba el Plan Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de presentado, el Gobierno podrá ponerlo en vigencia mediante un decreto con fuerza de ley" La aplicación de esta fórmula se justifica en el hecho de que la aprobación irreglamentaria del Plan Nacional de Desarrollo por parte del Congreso puede asimilarse a su no aprobación dentro del período fijado en la Constitución.

Es decir, que si la Corte decide retirar del ordenamiento jurídico la Ley 508 de 1999, al comprobar la presencia de vicios de procedimiento en su formación, el Gobierno queda habilitado para poner en vigencia el plan nacional de inversiones públicas mediante un decreto con fuerza de ley, cuyos contenidos pueden ser impugnados ante la Corte Constitucional".

Que, en consecuencia, le es dable al Gobierno Nacional poner en vigencia el Plan Nacional de Inversiones Públicas contenido en el Proyecto de Ley número 173 Cámara, publicado en la Gaceta del Congreso número 6 del 8 de febrero de 1999, junto con las modificaciones presentadas el 9 de marzo de 1999, radicadas antes de cumplirse el primer debate al proyecto de ley, que fueron publicadas en la Gaceta número 19 del 18 de marzo de 1999,

DECRETA:

ARTICULO 1o Pónese en vigencia el Plan de Inversiones Públicas contenido en el Proyecto de Ley número 173 de 1999 presentado por el Gobierno Nacional a consideración del honorable Congreso de la República, con las modificaciones radicadas el 9 de marzo de 1999, publicado en las Gacetas del Congreso números 6 del 8 de febrero de 1999, y 19 del 18 de marzo de 1999, cuyo texto es el siguiente:

"T I T U L O II

PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS

CAPITULO I Artículo 7

PROYECCION DE RECURSOS FINANCIEROS

ARTICULO 7o FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES PÚBLICAS

El Plan Nacional de Inversiones Públicas 1998-2002 tendrá un valor de sesenta y tres billones seiscientos mil millones de pesos ($63.6 billones), a pesos constantes de 1998, financiados de la siguiente manera:

  1. Para los establecimientos públicos corresponde a recursos administrados por las entidades (RAPE).

  2. Son recursos provenientes de privatizaciones, manejo de portafolio. En el sector descentralizado corresponde, además, a aportes de entidades.

CAPITULO II Artículos 8 a 11

DESCRIPCION DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS DE INVERSION

ARTICULO 8o DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS DE INVERSIÓN

La descripción de los principales programas y subprogramas que el Gobierno Nacional espera ejecutar en la vigencia del Plan Nacional de Inversiones 1999-2002 es la siguiente:

  1. Estado participativo

    1.1 Programa Nacional de asistencia técnica al Ordenamiento Territorial: El Ministerio del Interior y las entidades participantes en el Comité Nacional de Asistencia Técnica adelantarán una agenda de trabajo interinstitucional de apoyo a las entidades territoriales en la promoción, orientación e implementación de procesos de ordenamiento territorial regional y municipal, de acuerdo con las leyes y políticas nacionales, regionales y locales.

    1.2 Programa de apoyo a la implementación de Macro Proyectos Urbanos: El Ministerio de Desarrollo Económico y el Departamento Nacional de Planeación, apoyarán a las entidades territoriales en la formulación y gestión de los macroproyectos urbanos, y serán éstas las encargadas de realizar la evaluación y seguimiento de los proyectos.

    1.3 Programa Nacional de Impulso a la Política de Transporte Urbano. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Desarrollo Económico, implementará un programa de asistencia técnica a las entidades territoriales para adelantar procesos de gestión y modernización de los sistemas de transporte urbano.

    1.4 Programa de Apoyo a la Conformación de Centros de Información del Suelo Urbano. El Ministerio de Desarrollo Económico y el Departamento Nacional de Planeación, trabajarán en un programa de asistencia técnica nacional a las ciudades con población mayor de 100 mil habitantes para el montaje, implementación y seguimiento de los observatorios del suelo y del mercado inmobiliario.

    1.5 Programa de Regulación Masiva de la Propiedad y Modernización de los Sistemas de Catastro y Registro. El Ministerio de Desarrollo Económico y las entidades vinculadas a los sistemas de catastro y registro, apoyarán la optimización, impulso y seguimiento de las labores de titulación masiva de predios y gestión institucional para el mejoramiento de la información y trámite de asuntos catastrales y de registro.

    1.6 Programa de Promoción del Desarrollo Económico de los Centros Urbanos. El Gobierno Nacional diseñará las herramientas técnicas y financieras necesarias para promover alianzas estratégicas entre entidades públicas y privadas, la calificación de la mano de obra y atraer la inversión a los centros urbanos.

  2. Educación

    El Plan propone un gran compromiso social con la educación, la juventud y el deporte En educación los programas están aglutinados en torno a cuatro énfasis: cobertura, equidad, eficiencia y calidad. En cobertura la prioridad es la búsqueda de la cobertura, del noventa por ciento (90%) en educación básica para los niños en edad escolar; en equidad, la estrategia central, aunque temporal, es la focalización del servicio en la población más pobre; en eficacia y eficiencia se logrará el mejoramiento mediante transformaciones institucionales en el sector y a través del aumento del control social; la búsqueda de la calidad se concentra en el fortalecimiento del sistema educativo para evaluar sus resultados y para identificar y difundir modelos educativos exitosos.

    2.1 Programa de Educación Básica y Media

    2.1.1 Caminante

    Mediante éste se pretende hacer una reorganización de la Educación Básica con base en el Nuevo Sistema Escolar. Promoverá la autonomía real de la institución educativa mediante el control efectivo sobre todos los recursos para el cumplimiento de sus funciones. Se buscará la fusión, en zonas urbanas y rurales, de establecimientos de primaria y secundaria. Se promoverá una nueva organización escolar -el Nuevo Colegio- a partir de instituciones ya existentes y se constituirán los sistemas educativos departamentales y municipales. Se propone, además, lograr una cobertura neta del noventa por ciento (90%) en educación básica para niños en edad escolar. Para ello, se exigirá al sistema una mayor eficiencia, se reformará el actual esquema de asignación de recursos y se aumentarán progresivamente las relaciones de docente por alumno hasta un promedio nacional de 30 alumnos por docente. Se podrán crear programas focalizados de subsidios a la demanda, dirigidos a la población más pobre. Para las zonas rurales se fortalecerá la educación básica y se sistematizarán y divulgarán experiencias de educación media y técnica, así como las modalidades no formales de atención a jóvenes y adultos, con especial énfasis en proyectos educativos institucionales innovadores.

    El proyecto de ampliación de la jornada de los alumnos ofrecerá a éstos apoyo pedagógico en la elaboración de sus tareas escolares, con la promoción de la lectura a través de la dotación de bibliotecas escolares y su integración con las bibliotecas públicas, y con actividades recreacionales, deportivas, de formación artística, cultural y ciudadana.

    2.1.2 Educación es calidad

    Se propone brindar una educación básica de calidad para todos los colombianos, entendida ésta como la formación del estudiante en competencias universales básicas en el mundo de hoy y como ciudadano ético, autónomo y solidario en su entorno familiar, local y nacional. Se fortalecerá el Sistema Nacional de Evaluación de la Calidad y la divulgación de sus resultados; el establecimiento de estándares para los lineamientos curriculares; la identificación de experiencias exitosas en términos de logro de los estudiantes, y los modelos de educación rural.

    2.1.3 Educación Informal - Ursulas

    Este programa está dirigido al grupo familiar y a todos los niños hasta de cinco (5) años, partiendo de su realidad cotidiana y el entorno cultural que ha ayudado a moldear las categorías de crecimiento personal y social. Brindará a todos los niños de hasta cinco (5) años y a sus familias condiciones favorables para su desarrollo teniendo en cuenta sus prácticas de crianza, mediante la creación de microcentros de núcleos familiares, espacios lúdico - afectivos (adultos y bebés), ludotecas infantiles...

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