Decreto 0711 de 1993, POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA COMISIÓN DE VECINDAD O INTEGRACIÓN COLOMBO–BRASILEÑA Y SE DESIGNAN SUS MIEMBROS POR PARTE DE COLOMBIA. - 7 de Enero de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354200610

Decreto 0711 de 1993, POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA COMISIÓN DE VECINDAD O INTEGRACIÓN COLOMBO–BRASILEÑA Y SE DESIGNAN SUS MIEMBROS POR PARTE DE COLOMBIA.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín40711

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 1° del Decreto 1050 de 1968,

CONSIDERANDO:

Que el día 3 de septiembre de 1991 los Presidentes de Colombia y Brasil suscribieron en la capital de Brasil una Declaración Conjunta en la cual recomiendan la creación de una Comisión de Vecindad, como medio idóneo para propiciar la cooperación entre las dos naciones y asesorar y proponer acciones tendientes a fomentar e incrementar las relaciones colombo–brasileñas;

Que en este marco se consideran de importancia asuntos como: Proyectos de cooperación y desarrollo conjunto, dinámica económica bilateral y fronteriza, transporte e infraestructura, medio ambiente y desarrollo, y asuntos fronterizos relacionados con la integración física y el desarrollo social;

Que para Colombia reviste prioridad la búsqueda de fórmulas viables para lograr el desarrollo de las regiones fronterizas con miras a alcanzar una integración con sus vecinos;

Que a través de la utilización de este mecanismo se facilita la definición y ejecución de programas conjuntos de corto y mediano plazo que permitan potenciar la complementariedad de las economías y la vecindad geográfica, para lograr una mayor presencia internacional y un mayor acercamiento entre los pueblos;

Que para Colombia, la República Federativa de Brasil es una de las naciones con la cual se mantienen estrechos lazos históricos y de amistad siendo de especial interés para ambas partes la creación de dicha Comisión;

DECRETA:

Artículo 1°

Créase la Comisión de Vecindad e Integración Colombo–Brasileña, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores como órgano consultivo del Gobierno e instrumento bilateral adecuado para impulsar la integración y el desarrollo de los dos países.

Artículo 2°

El ámbito de la Comisión de Vecindad e Integración Colombo–Brasileña estará determinado por los temas de interés mutuo que acuerden las partes.

Artículo 3°

Bajo la dirección y coordinación del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Comisión de Vecindad e Integración Colombo–Brasileña estará presidida por la Parte Colombiana por la doctora Martha Lucía Ramírez de Rincón.

Artículo 4°

La Comisión de Vecindad e Integración Colombo–Brasileña estará conformada por...

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