Decreto 847 de 1993, por el cual se dictan normas en materia del ejercicio de la actividad de las Sociedades Fiduciarias. - 7 de Enero de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354200638

Decreto 847 de 1993, por el cual se dictan normas en materia del ejercicio de la actividad de las Sociedades Fiduciarias.

Número de Boletín40711

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades consagradas

en el artículo 16 de la Ley 35 de 1993.

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. Los contratos de la fiducia mercantil que celebren las sociedades fiduciarias no requerirán de la solemnidad de la escritura pública cuando los bienes fideicomitidos sean exclusivamente bienes muebles.

De conformidad con el artículo 16 de la Ley 35 de 1993, si la transferencia de la propiedad de los bienes fideicomitidos se halla sujeta a registro, el documento privado en que conste el contrato deberá registrarse en los términos y condiciones señalados en el precepto citado.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR