Decreto 1890 de 1999, por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones sobre la materia relacionadas con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia.
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 43723 |
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 ordinal 16 de la Constitución Política y con
sujeción a lo previsto en los artículos 52 y 54, y las demás normas pertinentes de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
SECTOR ADMINISTRATIVO DE JUSTICIA
El Sector Administrativo de Justicia está integrado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, que tendrá a cargo la orientación del ejercicio de las funciones de las entidades adscritas y vinculadas que se enuncian a continuación, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos:
Entidades adscritas:
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Superintendencia de Notariado y Registro
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Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Establecimiento público)
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Dirección Nacional de Estupefacientes (Unidad Administrativa Especial)
Entidades Vinculadas:
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Imprenta Nacional de Colombia (Empresa Industrial y Comercial del Estado)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
El Ministerio de Justicia y del Derecho tiene como objetivos primordiales la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo de Justicia.
En desarrollo de sus objetivos el Ministerio de Justicia y del Derecho, a fin de garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos, promoverá la concertación en la formulación de políticas en materia de justicia, de la política criminal en el contexto nacional e internacional, el diseño de políticas y estrategias integrales para la defensa de la libertad personal; la coordinación de la Rama Ejecutiva con la Rama Judicial y los órganos de control para la realización de los fines del Estado; la promoción de mecanismos formales y alternativos de acceso a la justicia; la seguridad jurídica y la disminución del costo de transacción en las relaciones entre los sujetos de derecho; la coordinación de la defensa judicial de la Nación y del ordenamiento jurídico; la racionalización del derecho vigente y de la formulación normativa; la democratización de la información jurídica; y el armónico ejercicio de las competencias y atribuciones de las entidades nacionales para la eficiencia y eficacia de la Administración Pública.
El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá, además de las funciones que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
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En relación con la política de Estado en materia de justicia:
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Propiciar y fomentar una política de Estado en materia de justicia.
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Apoyar las funciones de las instancias interinstitucionales de análisis y discusión de las políticas de justicia.
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Proponer reformas legislativas para un mejor y correcto ejercicio de la función pública de Administración de Justicia.
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Diseñar y coordinar las políticas para el ejercicio de funciones de justicia a cargo de funcionarios administrativos y particulares.
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Fijar políticas específicas en materia de justicia, derecho, prevención del delito, acciones contra la criminalidad organizada y demás aspectos relacionados, así como representar al país y llevar la titularidad del mismo en los foros y organismos internacionales sobre estos aspectos y colaborar en las negociaciones bilaterales y multilaterales correspondientes, en coordinación con las autoridades de política exterior.
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Propiciar el conocimiento y el acceso a la justicia del derecho internacional.
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En relación con la Política Criminal y Penitenciaria del Estado:
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Participar en el diseño y definición de los principios que rigen la política criminal y penitenciaria del Estado.
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Proponer acciones que propendan por la prevención del delito.
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Conceptuar sobre todas las iniciativas legislativas en materia criminal y penitenciaria, con el fin de tener un sistema jurídico coherente.
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Apoyar y participar en las labores del Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria.
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Diseñar, adoptar y vigilar la ejecución de la política penitenciaria.
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Promover la generación de una moderna infraestructura para los establecimientos de reclusión.
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Promover la adopción de políticas de rehabilitación, tratamiento, servicios penitenciarios y administración carcelaria, dentro de un marco de protección de los derechos humanos.
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Decretar la expropiación de inmuebles para la ejecución de proyectos infraestructura de establecimientos de reclusión, de conformidad con las normas vigentes que declaran de utilidad pública e interés social su adquisición, y ejercer las facultades del artículo 33 de la ley 65 de 1993.
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Formular en coordinación con las demás autoridades competentes la política integral tendiente a superar el fenómeno del secuestro y demás atentados contra la libertad personal.
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En relación con la Política Drogas y actividades relacionadas:
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Coordinar la formulación y adopción de políticas sobre la problemática de las drogas y demás actividades relacionadas, para la consideración y aprobación del Consejo Nacional de Estupefacientes.
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Promover el cumplimiento de las políticas y planes de lucha contra las drogas y formular propuestas para su debida ejecución.
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Fijar políticas específicas en asuntos relacionados con la problemática de las drogas y actividades relacionadas, así como representar al país y llevar la titularidad del mismo en los foros y organismos regionales e internacionales sobre estos aspectos y sobre las iniciativas de cooperación de las naciones centradas en tales materias, y colaborar en las negociaciones bilaterales y multilaterales correspondientes, todo ello en coordinación con las autoridades de política exterior.
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Realizar el seguimiento a los compromisos adquiridos en materia de cooperación técnica y/o judicial bilateral y multilateral en los temas relacionados con la problemática de las drogas, criminalidad organizada y actividades conexas, en los cuales el Ministerio sea parte.
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Diseñar y promover políticas en materia de lavado de activos, administración de bienes incautados y acciones de extinción de dominio.
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En relación con la Rama Judicial:
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Servir de enlace entre la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial y los órganos de control, para hacer efectiva la colaboración armónica.
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Apoyar y colaborar con la Rama Judicial en los temas de diseño de políticas, iniciativa legislativa, investigación y análisis de los temas relacionados con la justicia formal.
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Contribuir al análisis e información en los temas de realidad sociojurídica.
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Ejercer y proponer la modificación de códigos y leyes estatutarias, orgánicas y ordinarias, en los temas relacionados con la justicia formal.
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Colaborar con la seguridad del personal de la Rama Judicial y el Ministerio Público y hacer las gestiones ante las autoridades competentes para que se preste en medida adecuada y eficiente esa protección.
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Propender porque la Rama Judicial tenga los recursos pertinentes para su funcionamiento y colaborarle en las gestiones del caso ante las autoridades administrativas pertinentes.
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Facilitar y desarrollar la cooperación internacional en materia de justicia.
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Apoyar a la Rama Judicial en programas de descongestión, reducción de trámites y procedimientos y adecuada distribución de sus recursos.
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En relación con la sociedad civil o demanda potencial de justicia.
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Analizar la conflictividad social y proponer estrategias para encauzarla.
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Proponer estrategias que faciliten el acceso a la justicia comunitaria, alternativa o formal, y propender por su implementación y desarrollo.
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Fomentar de manera especial la utilización de medios alternativos de solución de conflictos.
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Diseñar estrategias para fomentar la utilización de medios comunitarios de solución de pequeñas causas y el ejercicio de jurisdicciones especiales, y propender por su implementación y desarrollo.
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Diseñar estrategias de educación legal a la comunidad y de asistencia jurídica a la comunidad en pequeñas causas que resulten del análisis de la conflictividad social.
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Promover, desarrollar y ejercer funciones autocompositivas o heterocompositivas de justicia alternativa y comunitaria.
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Proponer mecanismos de acercamiento de la normatividad a la realidad sociojurídica del país.
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Diseñar políticas orientadas a mejorar la calidad de la enseñanza del Derecho.
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Diseñar estrategias en materia de medios de comunicación al servicio de la justicia.
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Diseñar mecanismos de vinculación de los particulares y de la ciudadanía en la prestación de servicios relacionados con la Administración de Justicia.
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Promover la conformación de Casas de Justicia y coordinar a las entidades del orden nacional que prestan servicios en ellas.
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En relación con la Defensa Judicial de la Nación.
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Contribuir al diseño de una política general de defensa judicial de la Nación en coordinación con la Secretaría Jurídica de la Presidencia.
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Recomendar la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos, de acuerdo con las leyes sobre la materia.
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Analizar de manera permanente las causas de mayor conflictividad y proponer estrategias para resolverlas.
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Diseñar y administrar un sistema de información sobre los distintos procesos a favor y en contra de la Nación.
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Divulgar estrategias de defensa judicial de la Nación dirigidas a las entidades públicas.
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En relación con el ordenamiento jurídico y seguridad jurídica.
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Diseñar en coordinación con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República políticas y estrategias de racionalización del ordenamiento jurídico.
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Ejercer la defensa del ordenamiento jurídico en coordinación con la...
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