Decreto 1595 de 1995, por el cual se reglamenta la devolución del Impuesto sobre las Ventas por adquisiciones de visitantes extranjeros en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo. - 20 de Septiembre de 1995 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354204970

Decreto 1595 de 1995, por el cual se reglamenta la devolución del Impuesto sobre las Ventas por adquisiciones de visitantes extranjeros en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.

Número de Boletín42010

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales,

especialmente las que le confieren los numerales 11 y 20

del artículo 189 de la Constitución Política

de Colombia y el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Gobierno Nacional en desarrollo del artículo 28 de la Ley 191 de 1995, implementar el mecanismo para la devolución del Impuesto sobre las Ventas a visitantes extranjeros de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo;

Que es necesario implantar, medidas de control para la debida aplicación del beneficio tributario consagrado en la citada norma,

DECRETA:

ARTICULO 1o Los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, tienen derecho a la devolución del Impuesto sobre las Ventas generado por la adquisición de bienes en las...

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