Decreto 2233 de 1995, por medio del cual se crean el Sistema Nacional de Inteligencia, el Consejo Técnico Nacional de Inteligencia, los Consejos Técnicos Seccionales de Inteligencia, y se dictan otras disposiciones. - 22 de Diciembre de 1995 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354204998

Decreto 2233 de 1995, por medio del cual se crean el Sistema Nacional de Inteligencia, el Consejo Técnico Nacional de Inteligencia, los Consejos Técnicos Seccionales de Inteligencia, y se dictan otras disposiciones.

Número de Boletín42161

**Decreto derogado por el artículo 34 de la Ley 1288 de 2009.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por numerales 3, 4, 6, 11 y 17 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 1o. del Decreto 1050 de 1968 y los artículos 9, y 10. del Decreto 3398 de 1965, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política y las leyes, le corresponde al presidente de la República velar por el mantenimiento del orden público, la soberanía nacional, la vigencia de la Ley, la integridad de las instituciones y la convivencia pacífica;

Que la inteligencia es una función del Gobierno cuyo objetivo es servir de herramienta en el proceso de toma de decisiones del Estado, y en consecuencia, contribuye a garantizar la seguridad y la paz de la Nación;

Que es indispensable regularizar y optimizar la labor de inteligencia, mediante un esquema a nivel nacional y seccional que permita a los organismos de seguridad del Estado racionalizarla;

Que se requiere fortalecer la integración de las agencias de inteligencia gubernamentales y definir las políticas de coordinación entre ellas;

Que es necesario propender por una mayor eficacia de las agencias de inteligencia gubernamentales y por una mayor capacidad profesional de los agentes de inteligencia;

Que es indispensable velar porque las operaciones de inteligencia se desarrollen con sujeción al ordenamiento jurídico, de manera que se logre preservar la validez de los medios de prueba obtenidos en la ejecución de las mismas;

Que para combatir los distintos factores desestabilizadores y la criminalidad en todas sus formas se hace necesario perfeccionar los sistemas de planeación, búsqueda, análisis y difusión de la información de inteligencia, como también, definir anualmente el Plan de Inteligencia Nacional de acuerdo con las necesidades y prioridades de orden público, la seguridad, la gestión del Gobierno y la especialidad, experiencia y recursos de los organismos de seguridad en las distintas áreas;

Que, en consecuencia, se hace necesario crear un Sistema Nacional de Inteligencia que permita desarrollar un mecanismo integrado y coordinado entre los diversos entes gubernamentales facultades por el ordena-miento jurídico para...

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