Decreto 1087 de 1994, por el cual se aprueba una Reforma Estatutaria de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. Findeter. - 31 de Mayo de 1994 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354206050

Decreto 1087 de 1994, por el cual se aprueba una Reforma Estatutaria de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. Findeter.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín41373

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las atribuciones que le confieren los Decretos–ley 1050 y 3130 de 1968, el artículo 11 de la Ley 57 de 1989 y el artículo 19 del Decreto 2132 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que mediante autorización dada por la Ley 57 de 1989, se constituyó una sociedad por acciones denominada Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, cuyo objeto social es la promoción del Desarrollo Regional y Urbano regida actualmente conforme a los estatutos sociales, aprobado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 1916 de 1993;

Que la Ley 105 de 1993, relativa al Sistema Nacional del Transporte creó el Fondo de Cofinanciación de Vías y como consecuencia de ello, modificó parcialmente la denominación y destinación de los recursos del Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Vial y Urbana, creado éste por el Decreto 2132 de 1992;

Que el artículo 26 de la citada Ley dispuso la adopción de las reformas estatutarias para la puesta en marcha de los Fondos de Cofinanciación mencionados;

Que la Ley 80 de 1993, "por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública", aplicable a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. Findeter, en su artículo 80 estableció la necesidad de adecuar los estatutos de las entidades estatales a lo dispuesto por la citada ley.

Que en desarrollo de sus facultades legales, la Asamblea General de Accionistas en sesión ordinaria celebrada el 31 de enero de 1994, según consta en Acta número 05, adoptó la reforma de los Estatutos Sociales de Findeter, contenida en la Resolución número 01 de la misma fecha,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO Apruébase la reforma de los Estatutos Sociales de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A

Findeter, adoptada mediante Resolución número 01 de enero 31 de 1994 por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas en sesión de la misma fecha, por medio de la cual se modificaron los artículos 6o, 8o, 9o, 42, litera o) y al 45 literales b) y c) del 61 y 69, de los Estatutos vigentes los cuales quedarán así:

Artículo 6o. Fondos de Cofinanciación. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto–ley 2132 de 1992 y en la Ley 105 de 1993, corresponde a Findeter administrar los recursos de los Fondos de Cofinanciación de Vías y del Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Urbana, los cuales se manejarán como un sistema especial de cuentas, dependientes de la Entidad.

Artículo 8o. Transferencia de funciones del Fondo Nacional de Caminos Vecinales. A medida que vaya avanzando el proceso de liquidación del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Findeter en su condición de Administrador del Fondo de Cofinanciación de Vías, irá asumiendo las funciones de Cofinanciación para la ejecución de programas y proyectos de inversión relativos a la construcción, rehabilitación y mantenimiento de las vías departamentales, en los cuales...

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