Decreto 248 de 1994, por el cual se establece el sistemas de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos de la unidad administrativa especial de aeronáutica civil y se reglamenta parcialmente el artículo 53 de la ley 105 de 1993 - 28 de Enero de 1994 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354207310

Decreto 248 de 1994, por el cual se establece el sistemas de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos de la unidad administrativa especial de aeronáutica civil y se reglamenta parcialmente el artículo 53 de la ley 105 de 1993

Número de Boletín41200

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA

EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES,

en desarrollo del Decreto 192 de 1994 y en ejercicio de las facultades constitucionales contenidas en los numerales 11 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 04 de 1992 y en armonía con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 105 de 1993, el Decreto 27245 de 1993 y el Decreto 1366 de 1994, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 53 de la Ley 105 de 1993 estableció que a los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil les serán aplicables las normas que regulan las situaciones administrativas, la vinculación, desvinculación, el régimen de Carrera Administrativa, disciplinario, salarial y prestacional, así como las demás normas sobre manejo de personal, previstas para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

  2. Que, en consecuencia, para efectos de la aplicación del mencionado régimen a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, es necesario establecer el nuevo sistema de nomenclatura y hacer los ajustes pertinentes,

    DECRETA:

    &$ARTÍCULO 1o. AMBITO DE APLICACIÓN. El sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración establecido para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, rige para los empleados que desempeñan los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.

    &$ARTÍCULO 2o. LOS EMPLEOS EN LA AERONÁUTICA CIVIL. Según su naturaleza los empleos de la Aeronáutica Civil son de Carrera Aeronáutica y de libre nombramiento y remoción.

  3. Los empleos de la Carrera Aeronáutica comprenden:

    1. Cuerpo administrativo que cumple tareas de apoyo y respaldo a las funciones propias de la entidad y comprende el nivel auxiliar;

    2. Cuerpo aeronáutico que atiende las funciones propias de la entidad y comprende los niveles técnico, profesional y especialista.

  4. Los empleos de libre nombramiento y remoción son los comprendidos en los niveles Directivo y Asesor de que trata el artículo 128 del presente Decreto.

    PARÁGRAFO. Los empleos de la Aeronáutica Civil se clasifican en los diferentes niveles de cargo que comprenden cada uno de los niveles funcionales que se describen en los artículos siguientes:

    &$ARTÍCULO 3o. NIVEL AUXILIAR. El Nivel Auxiliar comprende los empleos cuyas funciones se caracterizan por actividades manuales o tareas de simple ejecución y actividades administrativas complementarias de tareas propias de niveles superiores.

    &$ARTÍCULO 4o. NIVEL TECNICO. En el Nivel Técnico están comprendidos los empleos cuyas funciones exigen la aplicación de los procedimientos y técnicas para el desempeño de funciones calificadas, o que sean soporte del desarrollo de las funciones profesionales o especializadas.

    &$ARTÍCULO 5o. NIVEL PROFESIONAL. El Nivel Profesional agrupa aquellos empleos cuyas funciones demandan la aplicación de los conocimientos propios de cualquier carrera profesional reconocida por la ley, o acreditada por el Centro de Estudios Aeronáuticos.

    &$ARTÍCULO 6o. NIVEL ESPECIALISTA. El Nivel Especialista agrupa aquellos empleos cuyas funciones y naturaleza demandan la aplicación de conocimientos profesionales especializados en materia aeronáutica, económica Jurídica, contable y en todas aquellas ciencias necesarias para garantizar la...

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