Decreto 908 de 1992, POR EL CUAL SE MODIFICA LA REMUNERACION DEL PERSONAL DEL ESCALAFON NACIONAL DOCENTE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SALARIALES PARA EL SECTOR EDUCATIVO OFICIAL. - 2 de Junio de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354211086

Decreto 908 de 1992, POR EL CUAL SE MODIFICA LA REMUNERACION DEL PERSONAL DEL ESCALAFON NACIONAL DOCENTE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SALARIALES PARA EL SECTOR EDUCATIVO OFICIAL.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo del Servicio Civil
Número de Boletín40461

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1o A partir del 1o de enero de 1992, la asignación básica mensual para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente, correspondiente a los empleos docentes de carácter nacional o nacionalizado, será la siguiente:

|GRADO |ASIGNACION BASICA MENSUAL |

|A |$ 76.461 |

|B |84.703 |

|1 |94.149 |

|2 |98.397 |

|3 |104.420 |

|4 |108.541 |

|5 |115.388 |

|6 |123.187 |

|7 |138.846 |

|8 |158.691 |

|9 |176.379 |

|10 |193.561 |

|11 |221.837 |

|12 |265.773 |

|13 |296.015 |

|14 |339.064 |

PARAGRAFO 1o. Los educadores oficiales nombrados de acuerdo con lo establecido en el Decreto-ley 85 de 1980, devengarán a partir del 1o de enero de 1992, las siguientes asignaciones mensuales, independientemente del nivel de educación en que trabajen:

|Bachiller |$ 70.248 |

|Técnico Profesional o Tecnólogo |93.706 |

|Profesional Universitario |114.501 |

PARAGRAFO 2o. Los instructores y consejeros de los INEM, ITA y CASD que se encuentren escalafonados, devengarán la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el Escalafón Nacional Docente, de acuerdo con la escala establecida en el inciso 1o de este artículo. Los no escalonados vinculados antes del...

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