Decreto 885 de 1992, POR EL CUAL SE FIJA EL AUXILIO DE ALIMENTACION PARA LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS DE DESARROLLO, FONADE - 2 de Junio de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354211094

Decreto 885 de 1992, POR EL CUAL SE FIJA EL AUXILIO DE ALIMENTACION PARA LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS DE DESARROLLO, FONADE

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo del Servicio Civil
Número de Boletín40461

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª. de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1o A partir del 1ø de enero de 1992, el auxilio de alimentación para los empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade, será de seiscientos cuatro pesos ($604) moneda corriente diarios, que se pagarán por cada día hábil laborado, con excepción de los funcionarios de los niveles directivo y asesor.

No tendrá derecho a este auxilio el personal que se encuentre en disfrute de vacaciones o en uso de licencia, o suspendido en el ejercicio del cargo.

ARTICULO 2o Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª. de 1992

Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

ARTICULO 3o Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado

Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª. de 1992.

PARAGRAFO. No se podrán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR