Decreto 717 de 1992, POR EL CUAL SE MODIFICA LA HORA LEGAL ADOPTADA PARA EL TERRITORIO NACIONAL. - 29 de Abril de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354213246

Decreto 717 de 1992, POR EL CUAL SE MODIFICA LA HORA LEGAL ADOPTADA PARA EL TERRITORIO NACIONAL.

Número de Boletín40438

ACOTACION: NO INCLUYE NOTAS DE ACTUALIZACION.

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 del Decreto 3464 de 1980 adoptó el sistema internacional de Unidades-SI teniendo como unidad básica de tiempo el segundo;

Que mediante Decreto 2707 de 1982 se adoptó como hora legal en el territorio de la República, la del Tiempo Universal Coordinado - UTC, disminuido en 5 horas.

Que ante la escasez de energía eléctrica en todo el territorio nacional las autoridades se han visto obligadas a aplicar racionamientos en el suministro de dicho servicio público a los usuarios;

Que con el fin de propiciar una mayor utilización de la luz solar y con ello un ahorro de energía eléctrica resulta conveniente adelantar la hora legal que actualmente rige en el territorio nacional;

Que, igualmente, y por las mismas razones el adelanto de la hora legal redundará en provecho de la seguridad y bienestar de la ciudadanía,

DECRETA:

&$ARTÍCULO 1. Adoptar como hora legal en el territorio de la República, la del Tiempo Universal Coordinado-UTC, disminuido en cuatro (4) horas.

&$ARTÍCULO 2. El cambio de hora se hará efectivo a las veinticuatro...

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