Decreto 3145 de 2008, por el cual se modifica el artículo 57 del Decreto 2343 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
Emisor | Ministerio de Comunicaciones |
Número de Boletín | 47092 |
El Presidente de la República de Colombia,
en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 72 de 1989, el Decreto 1900 de 1990, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 75 de la Constitución Política establece que el espectro electromagnético es un bien público inajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado y que se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a su uso;
Que el artículo 365 de la Constitución Política, establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional;
Que el artículo 1° de la Ley 72 de 1989 establece que el Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Comunicaciones, adoptará la política general del sector de comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación, regulación y control de todos los servicios del sector;
Que el artículo 20 del Decreto-ley 1900 de 1990, establece que el uso de las frecuencias radioeléctricas requiere permiso previo otorgado por el Ministerio de Comunicaciones y dará lugar al pago de los derechos que correspondan. Cualquier ampliación, extensión, renovación o modificación de las condiciones, requiere de nuevo permiso, previo y expreso;
Que el artículo 39 del Decreto-ley 1900 de 1990 dispone que corresponde al Ministerio de Comunicaciones autorizar previamente el establecimiento, uso, explotación, ampliación, ensanche y renovación de los servicios de telecomunicaciones;
Que el artículo 59 del Decreto-ley 1900 de 1990 indica que toda concesión, autorización, permiso y registro en materia de telecomunicaciones da lugar al pago de contraprestaciones a favor de la autoridad concedente;
Que el Decreto 2343 del 26 de diciembre de 1996 reglamentó las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso Troncalizado (Trunking), atribuyó las bandas de frecuencias de operación de dichos sistemas y dictó otras disposiciones;
Que con el fin de garantizar la eficiente administración y gestión del espectro radioeléctrico se requiere de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba