Decreto 2355 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993. - 29 de Diciembre de 1995 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354237118

Decreto 2355 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993.

Número de Boletín43464

ACTUALIZACION.

  1. Este Decreto fue derogado expresamente por el Decreto 1601 de 1996, artículo 31o.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las

conferidas en el artículo 1892, numeral 11, de la Constitución Política,

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. REVISORIA FISCAL DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES. El Instituto de Seguros Sociales tendrá un revisor fiscal, con su respectivo suplente, designado para períodos anuales por el Gobierno Nacional con recomendación del Consejo Directivo o el órgano que haga sus veces. Esta recomendación deberá basarse en el resultado de un concurso de méritos.

El revisor fiscal cumplirá las funciones previstas en el Código de Comercio, Libro Segundo, Título I, Capítulo VIII, o en las normas que lo sustituyan, adicionen o modifiquen, y se sujetará a lo allí dispuesto sin perjuicio de lo prescrito en otras normas.

La posesión del Revisor Fiscal y su suplente de que trata este decreto, se entenderá surtida con la autorización que imparta el funcionario competente de la respectiva Superintendencia. No obstante, sólo podrá ejercer el cargo una vez se haya obtenido la autorización por parte de la Superintendencia Bancaria y la Superintendencia de Salud.

&$ARTICULO 2o. OTRAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. A las cajas, fondos y entidades administradoras del sistema de...

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