Decreto 676 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1295 de 1994 y se aclaran y modifican unos artículos del Decreto de 1994. - 26 de Abril de 1995 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354237254

Decreto 676 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1295 de 1994 y se aclaran y modifican unos artículos del Decreto de 1994.

Número de Boletín41827

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las

que le confiere el numeral 11 del artículo 1890 de la Constitución Política,

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. El literal b del artículo 41o. del Decreto 1833 de 1994 quedará así: "Contar con un adecuado sistema de información de los programas de prevención y demás actividades adelantadas por el Fondo y con personal capacitado para el desarrollo de las actividades a cargo de la Fiduciaria".

&$ARTICULO 2o. El literal f del artículo 42o. del Decreto 1833 del 1994 quedará así: "Verificar de acuerdo con las instituciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que los recursos del Fondo se destinen a los programas, estudios y campañas de prevención, educación e investigación de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, en los términos aprobados por el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales y con sujeción a las condiciones fijadas por Ministerio de Trabajo y Seguridad Social."

&$ARTICULO 3o. El artículo 73o. el Decreto 1833 de 1994 quedará así: "Recaudo de los recursos por parte de la Sociedad Fiduciaria. La sociedad fiduciaria que administre los recursos del Fondo de Riesgos Profesionales, recaudará los siguientes recursos:

  1. Los aportados por el presupuesto Nacional.

  2. Los provenientes de las entidades territoriales para planes de prevención de riesgos profesionales en su jurisdicción.

  3. Los que se originen por donaciones.

  4. Los que tengan su origen en las multas previstas...

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