Decreto 1277 de 1994, por el cual se organiza y establece el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-.
Emisor | Ministerio del Medio Ambiente |
Número de Boletín | 41401 |
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución
Nacional y en particular las establecidas en el literal m)
del artículo 116 de la Ley 99 de 1993,
DECRETA:
NATURALEZA, OBJETO, DURACION, DOMICILIO,
JURISDICCION Y FUNCIONES DEL IDEAM
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- es un establecimiento público de carácter nacional adscrito al Ministerio del Medio Ambiente, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente.
PARAGRAFO 1o. Para todo propósito de la Ley 99 de 1993, entiéndase por Instituto de Hidrología, Meteorología e Investigaciones Ambientales -IDEAM- como el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-.
PARAGRAFO 2o. Para todo propósito del presente Decreto las Corporaciones Autónomas Regionales y las Corporaciones de Desarrollo Sostenible a que hace referencia la Ley 99 de 1993 se llamarán en adelante "Corporaciones".
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- tiene como objeto:
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Suministrar los conocimientos, los datos y la información ambiental que requieren el Ministerio del Medio Ambiente y demás entidades del Sistema Nacional Ambiental -SINA-.
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Realizar el levantamiento y manejo de la información científica y técnica sobre los ecosistemas que forman parte del patrimonio ambiental del país.
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Establecer las bases técnicas para clasificar y zonificar el uso del territorio nacional para los fines de la planificación y el ordenamiento ambiental del territorio.
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Obtener, almacenar, analizar, estudiar, procesar y divulgar la información básica sobre hidrología, hidrogeología, meteorología, geografía básica sobre aspectos biofísicos, geomorfología, suelos y cobertura vegetal para el manejo y aprovechamiento de los recursos biofísicos de la Nación, en especial las que en estos aspectos, con anterioridad a la Ley 99 de 1993 venían desempeñando el Instituto Colombiano de Hidrología Meteorología y Adecuación de Tierras -HIMAT-; el Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química -INGEOMlNAS-; y la Subdirección de Geografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-.
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Establecer y poner en funcionamiento las infraestructuras oceanográficas, mareo gráficas, meteorológicas e hidrológicas nacionales para proveer informaciones, predicciones, avisos y servicios de asesoramiento a la comunidad.
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Efectuar el seguimiento de los recursos biofísicos de la Nación especialmente en lo referente a su contaminación y degradación, necesarios para la toma de decisiones de las autoridades ambientales.
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Realizar estudios e investigaciones sobre recursos naturales, en especial la relacionada con recursos forestales y conservación de suelos, y demás actividades que con anterioridad a la Ley 99 de 1993 venían desempeñando las Subgerencias de Bosques y Desarrollo del Instituto Nacional de los Recursos Naturales y del Ambiente -INDERENA-.
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Realizar los estudios e investigaciones sobre hidrología y meteorología que con anterioridad a la Ley 99 de 1993 venía desempeñando el HIMAT.
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Realizar los estudios e investigaciones ambientales que permitan conocer los efectos del desarrollo socioeconómico sobre la naturaleza, sus procesos, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y proponer indicadores ambientales.
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Acopiar, almacenar, procesar, analizar y difundir datos y allegar o producir la información y los conocimientos necesarios para realizar el seguimiento de la interacción de los procesos sociales, económicos y naturales y proponer alternativas tecnológicas, sistemas y modelos de desarrollo sostenible.
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Dirigir y coordinar el Sistema de Información Ambiental y operarlo en colaboración con las entidades científicas vinculadas al Ministerio del Medio Ambiente, con las Corporaciones y demás entidades del SINA.
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Prestar el servicio de información en las áreas de su competencia a los usuarios que la requieran.
La duración del Instituto será indefinida.
La jurisdicción del IDEAM se extiende a todo el territorio nacional, su domicilio es la ciudad de Santafé de Bogotá D.C. y puede establecer dependencias en lugares distintos a su domicilio.
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- es un organismo de apoyo técnico y científico del Ministerio del Medio Ambiente, para lo cual dentro del ámbito de su competencia definirá los estudios, investigaciones, inventarios y actividades de seguimiento y manejo de información que sirvan al Ministerio para:
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Fundamentar la toma de decisiones en materia de política ambiental.
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Suministrar las bases para el establecimiento de las normas, disposiciones y regulaciones para el ordenamiento ambiental del territorio, el manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
PARAGRAFO. El IDEAM elaborará, siguiendo los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, su plan estratégico atendiendo las necesidades de investigación e información del Ministerio, las cuales le serán dadas a conocer por el Ministro a través de la Junta Directiva.
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- entregará al Ministerio del Medio Ambiente un balance anual sobre el estado del medio ambiente y los recursos naturales renovables, así como recomendaciones y alternativas para el logro de un desarrollo en armonía con la naturaleza, para todo el territorio nacional. De este informe se realizará una versión educativa y divulgativa de amplia circulación.
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- al tenor de los artículos 23 y 31 de la Ley 99 de 1993, dará apoyo a las Corporaciones para el desarrollo de sus funciones relativas al ordenamiento, manejo y uso de los recursos naturales renovables en la respectiva región, para lo cual deberá:
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Asesorar a las Corporaciones en la implementación y operación del Sistema de Información Ambiental, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.
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Cooperar con las Corporaciones en su función de promoción y realización de la investigación científica en relación con los recursos naturales y el medio ambiente.
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Transferir a las Corporaciones las tecnologías resultantes de las investigaciones que adelante, así como otras tecnologías disponibles para el desarrollo sostenible.
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Mantener información, en colaboración con las Corporaciones, sobre el uso de los recursos naturales no renovables.
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Mantener información sobre los usos de los recursos naturales renovables en especial del agua, suelo y aire, y de los factores que los contaminen y afecten o deterioren, en colaboración con las Corporaciones.
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Suministrar a las Corporaciones información para el establecimiento de estándares y normas de calidad ambiental.
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Asesorar a las Corporaciones en el desarrollo de programas de regulación y mejoramiento de la calidad de corrientes hídricas y otros cuerpos de agua y en el control de la erosión de cuencas hidrográficas, y en la protección y recuperación de la cobertura vegetal.
Al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- como integrante del Sistema Nacional Ambiental, le corresponde ejercer las siguientes funciones:
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Promover y realizar estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables, conjuntamente con las entidades científicas vinculadas al Ministerio del Medio Ambiente, con los centros de investigación ambientales, con las universidades públicas y privadas, así como con las demás entidades y sectores económicos y sociales que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental -SINA-.
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Asesorar, en colaboración con las Corporaciones, a las entidades territoriales y a los centros poblados en materia de investigación, toma de datos y manejo de información.
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Suministrar información científica y técnica de carácter ambiental para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial.
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Servir de organismo de enlace y coordinación entre el Sistema de Información Ambiental y los sistemas de información sectoriales para dar cumplimiento a la Ley 99 de 1993.
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- se vinculará al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología con el objeto de coordinar acciones con el resto de entidades pertenecientes al mismo. Para ello dará apoyo técnico y científico a la Oficina de Investigación y Tecnología Ambiental del Ministerio del Medio Ambiente. Asesorará al Ministerio en el ejercicio de sus funciones como Secretario Técnico del Consejo del Programa Nacional de Ciencias del Medio Ambiente y el Hábitat y en su vinculación con los demás Consejos de Programas del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, así como en la Comisión Colombiana de Oceanografía. Propondrá estudios e investigaciones para ser realizadas por otras entidades y colaborará en la evaluación, seguimiento y control de aquellas que se estime pertinente.
De acuerdo con las pautas y directrices del Ministerio del Medio Ambiente, el IDEAM colaborará en la promoción, creación y coordinación de una red de centros de investigación, en el área de su competencia, en la que participen las entidades que desarrollen actividades de...
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