Decreto 0393 de 1992, por el cual se regula la celebración de contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro. - 5 de Marzo de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354237610

Decreto 0393 de 1992, por el cual se regula la celebración de contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín40366

El Presidente de la República de Colombia, en uso de la facultad que le confiere el artículo 355 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo. 1° Los contratos que celebren la Nación, los Departamentos, Distritos y Municipios con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad deberán constar por escrito y se sujetarán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre los particulares. salvo lo previsto en el presente Decreto. Los contratos que celebre la Nación deberán cumplir además lo establecido en los artículos 49 y 52 del Decreto-ley 222 de 1983, Los que se celebren en los niveles Departamental, Distrital y Municipal deberán publicarse en los respectivos diarios, gacetas o boletines oficiales. Se entiende por reconocida idoneidad la experiencia con resultados satisfactorios que han demostrado la disposición, suficiencia y capacidad de las entidades sin ánimo de lucro para realizar el objeto del contrato. Tal calidad deberá ser evaluada en cada caso por el Gobierno en los niveles Nacional, Departamental, Distrital y Municipal.

Artículo 2°

Dichos contratos tendrán por objeto impulsar los programas y actividades de interés público los cuales deberán ser acordes con el Plan Nacional y los Planes Seccionales de Desarrollo. Mientras se expide el Plan Nacional y los Planes Secciónales de Desarrollo los programas y actividades de interés público sólo...

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