Decreto 2827 de 2010, por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 2685 de 1999
Número de Boletín | 46340 |
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 6ª de 1971, la Ley 7ª de 1991 y oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2685 de 1999, establece las condiciones y requisitos que deben acreditar los usuarios de comercio exterior para desarrollar las actividades propias de su actividad, así como las disposiciones que regulan las operaciones de importación, exportación y tránsito de mercancías en el territorio aduanero nacional.
Que en aras de adoptar estándares y mejores prácticas internacionales que permitan la simplificación de procedimientos, reducción de costos y fortalecimiento del control aduanero, se hace necesario ajustar los montos de las garantías exigidas a los depósitos públicos y privados, establecer los requisitos y condiciones de acción de los operadores aeroportuarios, implementar la utilización de herramientas de tecnología en el régimen de tránsito y adecuar los estándares de operación con la práctica, en el régimen de tráfico postal y de exportación de residuos establecidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
DECRETA:
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Acreditar y soportar contablemente un patrimonio líquido de acuerdo con los valores mínimos que se indican a continuación y según la cobertura geográfica de sus operaciones.
De tres mil quinientos setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil ciento ochenta y cinco pesos ($3.578.558.185) para los depósitos ubicados en las jurisdicciones de las Administraciones de Impuestos y/o Aduanas Nacionales de Barranquilla, Buenaventura, Cali, Cartagena, Medellín, Pereira, Bogotá y Santa Marta; de dos mil quinientos cuatro millones novecientos noventa y un mil setenta y siete pesos ($2.504.991.077) para los depósitos ubicados en las jurisdicciones de las Administraciones de Impuestos y/o Aduanas de Bucaramanga, Cartago, Cúcuta y Manizales; y de ciento setenta y ocho millones novecientos veintisiete mil ochocientos cincuenta y un pesos ($178.927.851) para los depósitos...
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