Decreto 1609 de 2003, por el cual se adiciona el . - 31 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359495770

Decreto 1609 de 2003, por el cual se adiciona el .

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín46340

31/01/2006El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y el Decreto 254 de 2000,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el Decreto 1609 de 2003 con el artículo 45, el cual quedará así:

Artículo 45. Efectos de la terminación del proceso liquidatorio de Telecartagena S. A. E.S.P. en Liquidación, en relación con el PARAPAT y el PAR. Producido el cierre del proceso liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena - Telecartagena S. A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Despacho del Ministro, ocupará la posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el PARAPAT y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos, hasta el 31 de julio de 2006.

Igualmente, producido el cierre del proceso liquidatorio, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Despacho del Ministro, ejercerá la función de coordinación entre el PARAPAT y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta la fecha señalada en el inciso primero de este artículo

.

Artículo 2° Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto...

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