Decreto 3142 de 2008, por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 47092 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el nuevo Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007;
Que en sesión 178 del 6 de noviembre de 2007 el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó autorizar el desdoblamiento de las subpartidas arancelarias 0302.69.00.00, 0303.79.00.00, 0304.19.00.00 y 0304.29.90.00, por las cuales se clasifican las diferentes variedades de pescado, con el fin de crear una subpartida específica para la tilapia, que permita hacer un mejor seguimiento y control estadístico, aduanero y sanitario al comercio exterior de este producto.
DECRETA:
|Código |Descripción |Gravamen |
|03.02 |Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carnes de pescado de la partida 03.04. |
|03.02.69.00 |- - Los demás: |
|0302.69.00.10 |--- Tilapia (Oreochromis niloticus; Oreochromis |20% |
| |aureus;Oreochromis mossambicus; Oreochromis sp) | |
|0302.69.00.90 |--- Los demás |20% |
|03.03 |Pescado congelado, excepto los filetes y demás carnes de pescado de la partida 03.04. |
|0303.79.00 |- - Los demás: |
|0303.79.00.10 |--- Tilapia (Oreochromis niloticus; Oreochromis |20% |
| |aureus;Oreochromis mossambicus; Oreochromis sp) | |
|0303.79.00.90 |--- Los demás |20% |
|03.04 |Filetes y demás carnes de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. |
- Frescos o refrigerados:
|0304.19.00 |- - Los demás: |
|0304.19.00.10 |--- Tilapia (Oreochromis niloticus; Oreochromis |20% |
| |aureus;Oreochromis...
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