Decreto 4675 de 2006, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones - 29 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245153

Decreto 4675 de 2006, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín46496

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 45 y 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I Artículos 1 a 4

Objetivos, funciones, dirección e integración del sector administrativo de la educación

Artículo 1° Objetivos

El Ministerio de Educación Nacional, tendrá como objetivos los siguientes:

1.1. Establecer las políticas y los lineamientos para dotar el sector educativo de un servicio de calidad con acceso equitativo y con permanencia en el sistema.

1.2. Diseñar estándares que definan el nivel fundamental de calidad de la educación que garantice la formación de las personas en convivencia pacífica, participación y responsabilidad democrática, así como en valoración e i ntegración de las diferencias para una cultura de derechos humanos y ciudadanía en la práctica del trabajo y la recreación para lograr el mejoramiento social, cultural, científico y la protección del ambiente.

1.3. Promover la educación en los niveles de preescolar, básica y media, desarrollando las políticas de cobertura, incluyendo las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad, con criterios de acceso equitativo, permanencia y equiparación de oportunidades; de calidad, fomentando la evaluación sistemática y permanente, con planes de mejoramiento y la eficiencia, para que el Ministerio, entidades del sector y secretarías de educación tengan acceso a condiciones técnicas, tecnológicas, administrativas y legales para desarrollar procesos de modernización que faciliten su gestión.

1.4. Orientar la educación superior en el marco de la autonomía universitaria, garantizando el acceso con equidad a los ciudadanos colombianos, fomentando la calidad académica, la operación del sistema de aseguramiento de la calidad, la pertinencia de los programas, la evaluación permanente y sistemática, la eficiencia y transparencia de la gestión para facilitar la modernización de las Instituciones de Educación Superior e implementar un modelo administrativo por resultados y la asignación de recursos con racionalidad de los mismos.

1.5. Velar por la calidad de la educación, mediante el ejercicio de las funciones de regulación, inspección, vigilancia y evaluación, con el fin de lograr la formación moral, espiritual, afectiva, intelectual y física de los colombianos.

1.6. Implementar mecanismos de descentralización, dotando el sector de los elementos que apoyen la ejecución de las estrategias y metas de cobertura, calidad y eficiencia.

1.7. Dotar al sector educativo de un sistema de información integral que garantice el soporte al sistema con bases estadísticas.

1.8. Establecer e implementar el Sistema Integrado de Gestión de Calidad- SIG, articulando los procesos y servicios del Ministerio de Educación Nacional, de manera armónica y complementaria a los distintos componentes de los sistemas de gestión de la calidad, de control interno y de desarrollo administrativo, con el fin de garantizar la eficiencia, eficacia, transparencia y efectividad en el cumplimiento de los objetivos y fines sociales de la educación.

Artículo 2° Funciones

Corresponde al Ministerio de Educación Nacional cumplir, además de las funciones señaladas por la ley, las siguientes:

2.1. Formular la política nacional de educación, regular y establecer los criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades.

2.2. Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector, en especial el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, convocando los entes territoriales, las instituciones educativas y la sociedad en general, de manera que se atiendan las necesidades del desarrollo económico y social del país.

2.3. Dictar las normas para la organización y los criterios pedagógicos y técnicos para las diferentes modalidades de prestación del servicio educativo, que orienten la educación en los niveles de preescolar, básica, media y superior.

2.4. Asesorar a los Departamentos, Municipios y Distritos en los aspectos relacionados con la educación, de conformidad con los principios de subsidiaridad, en los términos que defina la ley.

2.5. Impulsar, coordinar y financiar programas nacionales de mejoramiento educativo que se determinen en el Plan Nacional de Desarrollo.

2.6. Velar por el cumplimiento de la ley y los reglamentos que rigen al Sector y sus actividades.

2.7. Evaluar, en forma permanente, la prestación del servicio educativo y divulgar sus resultados para mantener informada a la comunidad sobre la calidad de la educación.

2.8. Dirigir la actividad administrativa del Sector y coordinar los programas intersectoriales.

2.9. Dirigir el Sistema Nacional de Información Educativa y los Sistemas Nacionales de Acreditación y de Evaluación de la Educación.

2.10. Coordinar todas las acciones educativas del Estado y de quienes presten el servicio público de la educación en todo el territorio nacional, con la colaboración de sus entidades adscritas, de las entidades territoriales y de la comunidad educativa.

2.11. Apoyar los procesos de autonomía local e institucional, mediante la formulación de lineamientos generales e indicadores para la supervisión y control de la gestión administrativa y pedagógica.

2.12. Propiciar la participación de los medios de comunicación en los procesos de educación integral permanente.

2.13. Promover y gestionar la cooperación internacional en todos los aspectos que interesen al Sector, de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2.14. Suspender la capacidad legal de las autoridades territoriales para la administración del servicio público educativo y designar de forma temporal un administrador especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 715 de 2001.

2.15. Dirigir el proceso de evaluación de la calidad de la educación superior para su funcionamiento.

2.16. Formular la política y adelantar los procesos de convalidación de títulos otorgados por Instituciones de Educación Superior extranjeras.

2.17. Formular políticas para el fomento de la Educación Superior.

2.18. Las demás que le sean asignadas.

Artículo 3° Dirección

La Dirección del Ministerio de Educación Nacional estará a cargo del Ministro, quién la ejercerá con la inmediata colaboración de los Viceministros.

Artículo 4° Integración del Sector Administrativo de la Educación

El Nivel Nacional del Sector Administrativo de la Educación está constituido por el Ministerio de Educación Nacional y sus entidades adscritas y vinculadas:

Entidades Adscritas

Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES

Instituto Nacional para Ciegos, INCI

Instituto Nacional para Sordos, INSOR

Instituto Tecnológico ¿Pascual Bravo¿

Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas

Instituto Técnico Central

Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo

Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga

Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia

Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar

Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional

Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona ISER

Instituto Técnico Agrícola -ITA- de Buga

Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez

Instituto Tecnológico de Soledad Atlántico, ITSA

Colegio Mayor de Bolívar.

Unidades Administrativas Especiales sin Personería Jurídica

Junta Central de Contadores

Entidades Vinculadas

Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ¿Mariano Ospina Pérez¿ Icetex

Fondo de Desarrollo de la Educación Superior, Fodesep

Organos de Asesoría y Coordinación Sectorial

Consejo Nacional de Educación Superior, CESU

Consejo Nacional de Acreditación, CNA

Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, CONACES

Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras

Comités Regionales de Educación Superior, CRES

CAPITULO II Artículos 5 a 36

De la estructura y funciones de sus dependencias

Artículo 5° Estructura

La estructura del Ministerio de Educación Nacional será la siguiente:

5.1 Despacho del Ministro

5.1.1 Oficina Asesora Jurídica

5.1.2 Oficina Asesora de Comunicaciones

5.1.3 Oficina Asesora de Planeación y Finanzas

5.1.4 Oficina de Cooperación Internacional

5.1.5 Oficina de Control Interno

5.1.6 Oficina de Tecnología

5.2. Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media

5.2.1 Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media

5.2.1.1 Subdirección de Estándares y Evaluación

5.2.1.2 Subdirección de Mejoramiento

5.2.1.3 Subdirección de Articulación Educativa e Intersectorial

5.2.2 Dirección de Descentralización

5.2.2.1 Subdirección de Seguimiento al Uso de Recursos

5.2 2.2 Subdirección de Fortalecimiento de las Secretarías de Educación

5.2.3 Dirección de Cobertura y Equidad

5.2.3.1 Subdirección de Poblaciones

5.2 3.2 Subdirección de Cobertura

5.3 Despacho del Viceministro de Educación Superior

5.3.1 Dirección de Calidad para la Educación Superior

5.3.1.1 Subdirección de Aseguramiento de la Calidad

5.3.1.2 Subdirección de Inspección y Vigilancia

5.3.2 Dirección de Fomento de la Educación Superior

5.3.2.1 Subdirección de Apoyo a la Gestión de Instituciones de Educación Superior

5.3.2.2 Subdirección de Desarrollo Sectorial de la Educación Superior

5.4 Secretaria General

5.4.1 Subdirección de Gestión Financiera

5.4.2 Subdirección de Contratación y Gestión Administrativa

5.4.3 Subdirección de Talento Humano

5.4.4 Subdirección de Desarrollo Organizacional

5.5 Organos de Asesoría y Coordinación

5.5.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

5.5.2 Comisión de Personal

5.5.3 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo

Artículo 6° Funciones del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR