Decreto 4743 de 2005, por medio del cual se adiciona el Decreto 255 del 11 de febrero de 1992 y se dictan otras disposiciones - 30 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232024

Decreto 4743 de 2005, por medio del cual se adiciona el Decreto 255 del 11 de febrero de 1992 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46137

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del attículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las pautas generales previstas en el literal e) del artículo 1° de la Ley 6ª de 1971, en la Ley 7ª de 1991, previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario que el Gobierno Nacional otorgue algunos incentivos a la industria de hidrocarburos y de la minería, con el objeto de procurar que el país se convierta en un escenario atractivo para las inversiones en este sector de la economía;

Que al establecer estos incentivos se estimula el crecimiento económico y social del país, aumentando las condiciones de competitividad del sector tal y como se encuentra establecido en el plan nacional de desarrollo;

Que en virtud de lo dispuesto en el código de petróleos, son actividades de la industria de hidrocarburos la exploración, explotación, refinación, transporte y distribución de hidrocarburos y sus derivados, y como actividades de la industria minera, el código de minas establece la exploración técnica, la explotación, beneficio, transformación, transporte y promoción de los minerales que se encuentren en el suelo o el subsuelo, sean de propiedad nacional o privada;

Que la Ley 685 de 2001, por la cual se expidió el código de minas en su artículo 13, declaró de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases;

Que el artículo 4° de la citada ley dispone que los requisitos, formalidades, documentos y pruebas señalados expresamente en dicho código, serán los únicos exigibles a los interesados para el ejercicio del derecho a explorar y explotar minerales y de las correspondientes servidumbres;

Que en la sesión 109 del 6 de octubre de 2003, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó aprobar la modificación del Decreto 255 del 11 de febrero de 1992, con la finalidad de ampliar las exenciones arancelarias del sector minero y de hidrocarburos a otras actividades de la cadena productiva de estos sectores tales como la explotación, beneficio, transporte, transformación y refinación;

Que con fechas 20 de noviembre y 11 de diciembre de 2003, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, realizó consultas en la Secretaría General de la Comunidad Andina sobre la aplicación de franquicias arancelarias;

Que en las sesiones celebradas el 22 de abril y el 18 de noviembre de 2004, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, aprobó la solicitud relacionada con el diferimiento arancelario del sector minero y de hidrocarburos previsto en el literal h) del artículo 9° del Decreto 255 de 1992, a otras actividades de la cadena productiva del sector minero y de hidrocarburos tales como la explotación, beneficio, transporte y refinación;

Que la Secretaría General de la Comunidad Andina mediante Resolución 880 del 2 de diciembre de 2004, autorizó al Gobierno de Colombia el otorgamiento de franquicias arancelarias a la importación de los bienes...

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