Decreto 618 de 2000, por el cual se designa el Revisor Fiscal en el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, Fogacoop - 11 de Abril de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43135084

Decreto 618 de 2000, por el cual se designa el Revisor Fiscal en el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, Fogacoop

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43969

DIARIO OFICIAL 43.969 DECRETO 618 05/04/2000 por el cual se designa el Revisor Fiscal en el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, Fogacoop. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 21 del Decreto 2206 de 1998, DECRETA: Artículo 1°. Designar a la sociedad Amézquita & Cía., como la firma que ejercerá la Revisoría Fiscal en el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, Fogacoop, de acuerdo con el artículo 21 del Decreto 2206 del 29 de octubre de 1998. Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo.

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