Decreto 647 de 2001 - 20 de Abril de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43154043

Decreto 647 de 2001

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44394

DIARIO OFICIAL 44.394 DECRETO 647 16/04/2001 por cual se determina el procedimiento para el cálculo del precio de reintegro para efectos de la contribución cafetera. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, DECRETA: Artículo 1°. Los precios de reintegro por concepto de exportaciones de café verde, para efectos del cálculo de la contribución cafetera, serán los precios de cierre de las posiciones relevantes del Contrato ¿C¿, en la Bolsa del Café, Cacao y Azúcar de Nueva York, del día en que se produzca el anuncio de venta confirmado por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, adicionados con la prima que el mercado reconozca al café colombiano. La prima antes referida se comunicará por Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en la información suministrada por el Comité Nacional de Cafeteros. La posición relevante del Contrato ¿C¿ en la Bolsa del Café, Cacao y Azúcar...

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