Decreto 745 de 2000, por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 647 del 7 de abril de 2000. - 16 de Mayo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43136600

Decreto 745 de 2000, por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 647 del 7 de abril de 2000.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44007

DIARIO OFICIAL 44.007 DECRETO 745 27/04/2000 por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 647 del 7 de abril de 2000. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 189, numeral 1° de la Constitución Política, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 4° del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 647 del 7 de abril de 2000, se confirió comisión de servicios en el exterior del país al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, identificado con cédula de ciudadanía número 17157059 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que viajara a la ciudad de Washington (Estados Unidos de América) del 10 al 12 de abril de 2000 (último día sin pernoctar), como integrante de la comitiva Presidencial; Que en el artículo 2° del referido decreto se ordenó suministrar al doctor Restrepo Salazar pasajes en primera clase en la ruta Washington - Santa Fe de Bogotá; Que el doctor Restrepo Salazar no hizo uso del referido pasaje por cuanto su desplazamiento de ida y regreso se efectúo en el avión Presidencial; En consecuencia, DECRETA: Artículo 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto número 647 del 7 de abril de 2000 el cual quedará así: "Ordenar el suministro al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, de viáticos por la suma de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR