Decreto 745 de 2002 - 18 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174865

Decreto 745 de 2002

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44773

El Ministro de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales conforme al Decreto 655 de abril 10 de 2002, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 4a de 1992, fíjase la siguiente escala gradual porcentual para el personal de oficiales, suboficiales, miembros del nivel ejecutivo y agentes de la Fuerza Pública.

Los sueldos básicos mensuales para el personal a que se refiere este artículo, corresponderán al porcentaje que se indica para cada grado, con respecto a la asignación básica del grado de General.

OFICIALES

General 100.0000%

Mayor General 95.8682%

Brigadier General 85.4419%

Coronel 65.8209%

Teniente Coronel 50.9765%

Mayor 44.1647%

Capitán 36.1909%

Teniente 31.5478%

Subteniente 27.8222%

SUBOFICIALES

Sargento Mayor 31.3858%

Sargento Primero 26.9030%

Sargento Viceprimero 24.2911%

Sargento Segundo 22.1730%

Cabo Primero 20.2181%

Cabo Segundo 19.5994%

Cabo Tercero 18.9875%

NIVEL EJECUTIVO

Comisario 51.3902%

Subcomisario 43.4243%

Intendente jefe 41.3054%

Intendente 39.1832%

Subintendente 30.6658%

Patrullero 24.3469%

AGENTES DE LOS CUERPOS PROFESIONAL Y PROFESIONAL ESPECIAL DE LA POLICIA NACIONAL

Con antigüedad inferior a 5 años de servicio 14.7276%

Con antigüedad de 5 años y hasta menos de 10 17.3379%

Con antigüedad de 10 o más años...

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