Decreto número 1703 de 2014, por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 26 de abril de 2013 del Instituto de Casas Fiscales del Ejército y se modifica parcialmente el Decreto número 472 de 1998 - 8 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 527625442

Decreto número 1703 de 2014, por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 26 de abril de 2013 del Instituto de Casas Fiscales del Ejército y se modifica parcialmente el Decreto número 472 de 1998

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49268

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el literal b) artículo 13 del Decreto número 2345 de 1971 (modificado por el artículo 1º del Decreto número 2179 de 1984), en concordancia con el artículo 2º, numeral 2 del Decreto número 4598 de 2008 y artículo 76 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 003 del 26 de abril de 2013, del Consejo Directivo del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, "por el cual se autoriza la reforma a los Estatutos Internos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército", cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NÚMERO 003 DE 2013

(abril 26)

por medio del cual se modifica el Acuerdo número 012 de 1997.

El Director del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren la Ley 489 de 1998, Decreto número 4598 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República y con la respectiva sanción presidencial, el pasado 16 de junio de 2011 aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 "Prosperidad para Todos"; mediante la Ley 1450 de 2011;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 denominado "Prosperidad para Todos" en su artículo 2º establece:

"Apruébese como parte integrante de la Parte General Integral de Desarrollo e incorpórese a la presente ley, el: documento 'Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para Todos' elaborado por el Gobierno Nacional, con la participación del Consejo Superior de la Judicatura y del Consejo Nacional de Planeación, con las modificaciones realizadas en el trámite legislativo";

Que el documento "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para Todos" en su Capítulo V denominado "consolidación de la paz" establece como política pública el mejoramiento gerencial y administrativo del sector defensa y de manera específica la política pública denominada "GSED competitivo".

"Se entiende como la (sic) profundización de las estrategias de Gobierno Corporativo establecidas bajo criterios de planeación, dirección y control, que permitan fortalecer las necesidades a las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, así como las que se adhieran al Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa (GESED), (sic) con miras a que se convierte en un verdadero apoyo a la Fuerza Pública y un gran aporte al desarrollo del Sector de la Seguridad y Defensa Nacional.

Dentro de las estrategias para el fortalecimiento del control las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, así como las instituciones que se adhieran al Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa (GESED), (sic) adoptarán revisorías fiscales como herramienta del soporte a la labor de sus Juntas Directivas, Consejos Directivos o Consejo Superior";

Que el Consejo Directivo considera prudente y necesario acogerse a estas directrices a efectos de armonizar con la políticas gubernamentales, así mismo, de acuerdo con los Estatutos de la Entidad Acuerdo número 012 de 1997, "por el cual se establecen los Estatutos Internos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército artículo 8º Funciones de la Junta Directiva literal K). Las demás que señalen las disposiciones vigentes. Ley 489 de 1998 "Funciones de los Consejos Directivos de los establecimientos públicos, literal d). "Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración",

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